Kilometraje en la nómina de Limpiador/a: cuánto cobras por usar tu coche
Si trabajas como limpiador/a y usas tu vehículo particular para desplazarte entre centros de trabajo, tienes derecho a una compensación por kilometraje. Esta cantidad no cotiza ni tributa, pero muchas empresas del sector no la abonan correctamente o desconocen tus derechos reales.
Qué es el Kilometraje en la nómina de un/a Limpiador/a
El Kilometraje en la nómina de un/a Limpiador/a es la compensación económica que recibes cuando utilizas tu vehículo particular para desplazarte entre diferentes centros de trabajo durante tu jornada laboral. En 2026, la cantidad exenta de impuestos es de 0.26 euros por kilómetro recorrido, según establece el IRPF.
Cómo se calcula el Kilometraje para un/a Limpiador/a en 2026
El cálculo es directo: multiplicas los kilómetros reales recorridos entre centros de trabajo por 0.26 euros. Solo cuentan los desplazamientos durante tu jornada laboral, nunca el trayecto casa-primer centro ni último centro-casa.
Ejemplo real: Kilometraje en nómina de Limpiador/a con 1200€ brutos
Supongamos que cobras 1200€ brutos mensuales y trabajas en tres centros diferentes cada día. Tu ruta diaria: Centro A al Centro B (8 km), Centro B al Centro C (12 km). Total diario: 20 km. En un mes con 22 días trabajados: 20 km × 22 días = 440 km mensuales. Compensación: 440 km × 0.26€ = 114.40€. Este importe aparece en tu nómina como 'Kilometraje' o 'Compensación locomoción' dentro del apartado de percepciones no salariales. Tu nómina quedaría: 1200€ brutos + 114.40€ kilometraje = 1314.40€ totales. Como el kilometraje no cotiza ni tributa, estos 114.40€ llegan íntegros a tu neto sin descuentos.
Con este ejemplo, tu sueldo neto aumenta 114.40€ mensuales limpios (1368.80€ anuales) sin pagar un euro de IRPF ni Seguridad Social. Es dinero real que muchos limpiadores pierden por desconocimiento o porque la empresa no documenta correctamente los desplazamientos.
Cómo afecta el Kilometraje al IRPF de un/a Limpiador/a
Con 1200€ brutos mensuales (14400€ anuales en 12 pagas), tu retención de IRPF ronda el 2-3%, unos 30-35€ mensuales. El kilometraje compensado hasta 0.26€/km está totalmente exento de IRPF según el artículo 9.A.3.e de la Ley del IRPF. Esto significa que los 114.40€ del ejemplo anterior no incrementan tu base imponible: sigues tributando solo por los 1200€, no por 1314.40€. Ahorro fiscal anual: unos 41€ (3% de 1368.80€) que no pagas.
En la declaración de la Renta, este concepto no aparece como ingreso ni necesitas justificarlo si tu empresa lo declara correctamente. Si te pagan más de 0.26€/km, la diferencia sí tributa y aparecerá sumada en la casilla de rendimientos del trabajo. Algunos limpiadores pierden la exención por no documentar bien los kilómetros.
Kilometraje y cotización a la Seguridad Social para Limpiador/a
El kilometraje no cotiza a la Seguridad Social. Como limpiador/a cotizas en el Grupo de Cotización 10 (peones) con una base que depende de tu salario bruto: con 1200€ mensuales, tu base de cotización ronda los 1200€. Los 114.40€ de kilometraje no se suman a esta base, por lo que no pagas los 6.35% de cuota obrera sobre ellos. Ahorro mensual: 7.26€ que sí pagarías si cotizara como salario.
Esta exclusión tiene una contrapartida: el kilometraje no cuenta para tu futura pensión ni para calcular prestaciones por desempleo o incapacidad temporal. Con una vida laboral de 40 años cobrando 114.40€/mes de kilometraje no cotizable, dejas de sumar unos 54912€ a tu base reguladora, lo que puede reducir tu pensión en 15-20€ mensuales aproximadamente.
Kilometraje en el Convenio de Limpieza de Edificios: tus derechos
El Convenio Colectivo Estatal de Limpieza de Edificios y Locales (artículo 29) establece que cuando la empresa organiza tu trabajo en varios centros dentro de la misma jornada, debe facilitar transporte colectivo o compensarte económicamente. Si usas tu vehículo particular, la compensación mínima debe cubrir el gasto real y seguir los criterios de la Agencia Tributaria. Aunque el convenio no fija una cantidad exacta, remite a normativa fiscal: 0.26€/km en 2026. Es obligatorio solo si la empresa exige el desplazamiento; si lo haces voluntariamente, no hay derecho.
Las empresas pueden mejorar esta cantidad, algunas del sector pagan 0.30€ o 0.35€ por kilómetro, aunque la parte que exceda de 0.26€ sí tributará en IRPF. Si tu empresa no te compensa y te exige desplazamientos, incumple el convenio. Puedes reclamarlo presentando un control de kilómetros firmado mensualmente, aunque muchas compañías piden instalación de apps de geolocalización para verificarlo.
Preguntas frecuentes: Kilometraje para Limpiador/a
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