Plus de Nocturnidad para Camarero/a: cuánto cobras por turnos de noche
Si trabajas como Camarero/a en horario nocturno, tienes derecho a un complemento específico en tu nómina. El Plus de Nocturnidad reconoce el esfuerzo de trabajar cuando otros descansan, pero muchos profesionales de Hostelería desconocen si lo están cobrando correctamente según su convenio.
Qué es el Plus de Nocturnidad en la nómina de un/a Camarero/a
El Plus de Nocturnidad en la nómina de un/a Camarero/a es un complemento salarial que retribuye las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 horas. Este plus reconoce las dificultades físicas y sociales de trabajar en horario nocturno, habitual en bares, restaurantes y locales de ocio.
Cómo se calcula el Plus de Nocturnidad para Camarero/a en 2026
El cálculo parte de las horas nocturnas trabajadas multiplicadas por el importe/hora fijado en tu convenio provincial. En Hostelería, la media nacional está en 1,85€/hora nocturna, aunque varía significativamente según provincia.
Ejemplo real: Plus de Nocturnidad en nómina de Camarero/a con 1300€ brutos
Imagina que trabajas en un restaurante de Barcelona con salario base de 1300€ brutos mensuales. Durante enero 2026 has trabajado 40 horas entre las 22:00 y las 6:00 h (cenas, cierre y limpieza). El Convenio de Hostelería de Barcelona fija 2,10€ por hora nocturna. Cálculo: 40 horas × 2,10€ = 84€ brutos de Plus de Nocturnidad. Este importe aparece como línea específica en tu nómina bajo 'Complementos'. Sobre esos 84€ se aplica IRPF (aproximadamente 15% = 12,60€) y cotización a Seguridad Social (6,35% = 5,33€). Resultado neto aproximado: 66€ adicionales en tu cuenta ese mes. Tu nómina total quedaría en 1384€ brutos (1300€ + 84€), traduciéndose en unos 1160€ netos tras deducciones.
Trabajar 40 horas nocturnas al mes te aporta aproximadamente 66€ netos adicionales, equivalente a un 5,7% más de salario neto mensual. En 12 meses, estamos hablando de 792€ netos extra anuales solo por este concepto.
Cómo afecta el Plus de Nocturnidad al IRPF de un/a Camarero/a
El Plus de Nocturnidad tributa como rendimiento del trabajo en tu IRPF sin ninguna exención. Con 1300€ brutos mensuales (15.600€ anuales) más unos 1.000€ anuales de Plus de Nocturnidad, tu base imponible total ronda 16.600€ brutos anuales. Esto te sitúa en el primer tramo del IRPF (19% estatal + tramo autonómico), con retención mensual aproximada del 15%. Sobre 84€ mensuales de plus, te retienen unos 12,60€ para IRPF. Anualmente hablamos de 150€ retenidos sobre los 1.000€ de plus nocturno, que descontarás (o pagarás) en tu declaración de la renta según tus circunstancias personales.
En la declaración anual de la renta, este complemento se integra con el resto de tus ingresos laborales. No existe deducción específica ni exención por trabajo nocturno en Hostelería. Si tienes más de un pagador (varios restaurantes en el año), vigila que la suma total no te haga saltar a un tramo superior del IRPF, lo que incrementaría tu factura fiscal final.
Plus de Nocturnidad y cotización a la Seguridad Social para Camarero/a
El Plus de Nocturnidad cotiza íntegramente a la Seguridad Social dentro del grupo de cotización 7 (auxiliares administrativos y similares), donde habitualmente se encuadra el personal de sala en Hostelería. Sobre los 84€ brutos mensuales de ejemplo, cotizas el 6,35% (contingencias comunes a cargo del trabajador), equivalente a 5,33€ mensuales. Tu empresa aporta además el 29,90% empresarial, sumando entre ambos un 36,25% total. Esto significa que esos 84€ generan 30,45€ de cotización mensual total.
Esta cotización computa para tu futura pensión de jubilación, base reguladora de desempleo y prestaciones por incapacidad. Trabajar habitualmente de noche y cobrar este plus durante años incrementa tu base de cotización media. Con 84€/mes × 12 meses = 1.008€ anuales adicionales de base, puedes sumar aproximadamente 50-60€/año más en tu futura pensión de jubilación. Parece poco, pero acumulado durante 30 años de carrera profesional, estamos hablando de 1.500-1.800€ más de pensión anual vitalicia.
Plus de Nocturnidad en el Convenio de Hostelería: qué dice la norma
El Convenio Colectivo de Hostelería (tanto el estatal como los provinciales) establece la obligatoriedad del Plus de Nocturnidad para cualquier hora trabajada entre 22:00 y 6:00 h. El artículo 36.2 del Estatuto de los Trabajadores sirve de marco general, pero cada convenio provincial fija la cuantía específica. Por ejemplo, Madrid 2026 establece 1,75€/hora nocturna, Barcelona 2,10€/hora, y Andalucía oscila entre 1,60€ y 1,90€ según categoría profesional. El convenio marca mínimos que ninguna empresa puede rebajar, independientemente del tamaño del negocio. Este plus es obligatorio incluso en contratos de fin de semana o trabajos puntuales.
Tu empresa puede mejorar voluntariamente lo que marca el convenio mediante acuerdo de empresa o incluso en tu contrato individual. Algunos grupos de restauración pagan 2,50€-3,00€/hora nocturna para atraer talento. Si la empresa no paga este plus o lo calcula incorrectamente, incumple el convenio y puedes reclamarlo retroactivamente hasta 1 año. La Inspección de Trabajo sanciona estos incumplimientos con multas desde 626€ hasta 6.250€ por infracción grave.
Preguntas frecuentes: Plus de Nocturnidad para Camarero/a
Introduce tu salario base, horas nocturnas mensuales y provincia. Nuestra calculadora te muestra tu Plus de Nocturnidad exacto, el impacto del IRPF y tu salario neto real según tu situación.
Analizar mi nómina gratis →