Plus de Nocturnidad para Conductor/a de Camión: cuánto te corresponde en nómina
Si eres conductor/a de camión y haces rutas nocturnas, el Plus de Nocturnidad debe aparecer en tu nómina. Te explicamos cuánto te corresponde según el Convenio de Transporte de Mercancías, cómo se calcula sobre tus 1900€ base, y qué hacer si no lo cobras correctamente.
Qué es el Plus de Nocturnidad en la nómina de un/a Conductor/a de Camión
El Plus de Nocturnidad en la nómina de un/a Conductor/a de Camión es el complemento salarial que retribuye las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 h. Este plus compensa el mayor desgaste físico y la alteración del ritmo biológico que suponen las rutas nocturnas, frecuentes en el transporte de larga distancia.
Cómo se calcula el Plus de Nocturnidad para un/a Conductor/a de Camión en 2026
El cálculo parte de un importe fijo por hora nocturna trabajada, multiplicado por el número de horas en franja 22:00-6:00 h. El Convenio de Transporte de Mercancías fija mínimos según categoría; la mayoría de empresas aplica 3,80-4,50€/hora nocturna en 2026.
Ejemplo real: Plus de Nocturnidad en nómina de Conductor/a de Camión con 1900€ brutos
Imagina que cobras 1900€ brutos mensuales como conductor/a de camión en larga distancia. Durante marzo haces 4 rutas nocturnas: dos entregas a plataforma que te ocupan 5 horas en horario 23:00-4:00 h (10 horas nocturnas totales) y dos servicios urgentes de 6 horas cada uno entre 22:00-4:00 h (12 horas nocturnas más). Total: 22 horas nocturnas ese mes. Tu empresa aplica 4,20€ por hora nocturna según convenio. Cálculo: 22 horas × 4,20€ = 92,40€ brutos de Plus de Nocturnidad. Este importe aparece como línea específica en tu nómina, sumándose a tu salario base. De esos 92,40€, se retiene IRPF (aprox. 15% = 13,86€) y Seguridad Social (6,35% = 5,87€). Recibes netos unos 72,67€ extra ese mes por tus rutas nocturnas.
En un mes con 22 horas nocturnas, el Plus de Nocturnidad te aporta unos 73€ netos adicionales. Si haces rutas nocturnas regularmente (15-25 horas/mes), puedes sumar entre 250-400€ brutos anuales extra, que mejoran tu base de cotización y futura pensión, además de compensar el desgaste físico.
Cómo afecta el Plus de Nocturnidad al IRPF de un/a Conductor/a de Camión
El Plus de Nocturnidad es salario pleno a efectos fiscales: tributa íntegramente en tu IRPF. Con un salario bruto anual de 22.800€ (1900€ × 12 meses) más unos 300€ anuales de plus nocturnidad (promedio 20 horas nocturnas/mes), tu base imponible total es 23.100€. Este importe te sitúa en el tramo estatal del 19% para rentas entre 12.450-20.200€ y el 24% para el exceso. Tu retención mensual aproximada sobre el plus será del 15-17%, lo que significa que de esos 25€ brutos mensuales de plus, te retienen unos 4€ en IRPF cada mes.
No existe exención fiscal para el Plus de Nocturnidad. A diferencia de las dietas o el plus de distancia (que pueden estar exentos hasta límites), este complemento se considera rendimiento íntegro del trabajo. En tu declaración anual de la renta, estos 300€ se suman a tus ingresos totales. Si tienes gastos deducibles (cuotas sindicales, uniformes no reembolsados), puedes reducir ligeramente el impacto. El plus mejora tu base reguladora de cotización, beneficiándote para desempleo o pensión futura.
Plus de Nocturnidad y cotización a la Seguridad Social para Conductor/a de Camión
El Plus de Nocturnidad cotiza íntegramente a la Seguridad Social como parte de tu base de cotización. Los conductores de camión cotizáis en el Grupo 7 de cotización (oficiales de segunda y tercera). Con 1900€ base más 25€ mensuales de plus (promedio), tu base de cotización ese mes es 1925€. Sobre esa cantidad se aplica el 6,35% de contingencias comunes a cargo del trabajador (aprox. 122,24€ de tu nómina) y el 23,60% a cargo de la empresa. La cotización adicional que genera el plus es: 25€ × 6,35% = 1,59€ mensuales de tu bolsillo.
Esta cotización adicional mejora tu base reguladora para prestaciones futuras. Si cobras 300€ anuales de plus nocturno, tu base de cotización anual aumenta esa cantidad, lo que se traduce en una pensión de jubilación aproximadamente 2-3€/mes superior (cálculo sobre 35 años de carrera). Para el desempleo, también computa: si te quedas en paro, la prestación se calcula sobre la media de bases de los últimos 180 días, incluyendo el plus nocturno. Cada euro que cotizas por este concepto incrementa tus derechos futuros.
Plus de Nocturnidad en el Convenio de Transporte de Mercancías: derechos y obligaciones
El Convenio Colectivo General de Transporte de Mercancías y Logística (BOE, vigente 2024-2026) establece que todo conductor que trabaje tres o más horas en período nocturno (22:00-6:00 h) tiene derecho a percibir un plus específico. El importe mínimo en 2026 es de 3,65€/hora nocturna para conductores de vehículos rígidos y 4,10€/hora para conductores de articulados y tráileres. Este plus es obligatorio y debe aparecer desglosado en nómina como concepto independiente. Las empresas no pueden incluirlo en el salario base ni compensarlo con otros complementos.
Muchas empresas del sector mejoran estos mínimos en sus acuerdos de empresa, pagando hasta 5€/hora o estableciendo un plus fijo mensual si realizas rutas nocturnas regularmente (ej: 150€/mes por disponibilidad nocturna). Si tu empresa no abona este plus o lo paga por debajo del convenio, estás ante un incumplimiento legal. Puedes reclamarlo ante Inspección de Trabajo o mediante papeleta de conciliación. Tienes derecho a reclamar atrasos de hasta 4 años. El plus cotiza a Seguridad Social y tributa en IRPF, no tiene exención fiscal.
Preguntas frecuentes: Plus de Nocturnidad para Conductor/a de Camión
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