Plus de Nocturnidad para Dependiente/a de Comercio: cuánto cobras
El Plus de Nocturnidad puede aumentar significativamente tu nómina si trabajas en horarios nocturnos en comercio. Muchos dependientes no saben si lo están cobrando correctamente o si su empresa aplica bien el Convenio General de Comercio. Te explicamos exactamente cuánto te corresponde y cómo detectar errores en tu nómina.
Qué es el Plus de Nocturnidad en tu nómina de Dependiente/a
El Plus de Nocturnidad en la nómina de un/a Dependiente/a de Comercio es el complemento salarial que tu empresa debe pagarte por trabajar en horario nocturno, generalmente entre las 22:00 y las 6:00 horas. Este plus compensa la penosidad del trabajo nocturno y está regulado por el Estatuto de los Trabajadores art. 36.2 y tu convenio específico.
Cómo calcular tu Plus de Nocturnidad con 1300€ de salario base
El cálculo parte de tu salario base mensual (1300€ para dependiente/a), lo divides entre las horas mensuales trabajadas (normalmente 160 horas en jornada completa) y aplicas el 25% mínimo del convenio por cada hora nocturna trabajada.
Ejemplo real: Plus de Nocturnidad en nómina de Dependiente/a de Comercio con 1300€ brutos
Supongamos que trabajas en un supermercado con salario base de 1300€ mensuales y realizas 20 horas nocturnas al mes en turno de reposición (22:00 a 6:00). Primero calculas el valor hora: 1300€ ÷ 160 horas = 8,13€/hora. El plus mínimo del 25% significa: 8,13€ × 0,25 = 2,03€ extra por hora nocturna. Con 20 horas nocturnas: 2,03€ × 20 = 40,60€ de Plus de Nocturnidad bruto al mes. Este importe aparece como línea independiente en tu nómina, sumándose a tu salario base. En tu caso concreto verías: Salario Base 1300€ + Plus Nocturnidad 40,60€ = 1340,60€ brutos antes de retenciones. Algunas cadenas de distribución pagan cantidad fija: 3€/hora nocturna × 20 horas = 60€ mensuales, mejorando el mínimo del convenio.
De esos 40,60€ brutos mensuales, tras aplicar IRPF (aproximadamente 15% en tu tramo) y Seguridad Social (6,35%), recibirías unos 32€ netos extra al mes, 384€ netos anuales adicionales. Si tu empresa paga 3€/hora (60€ brutos/mes), el neto sería 47€ mensuales, 564€ anuales más en tu cuenta.
Impacto del Plus de Nocturnidad en tu retención de IRPF
El Plus de Nocturnidad tributa íntegramente en IRPF como rendimiento del trabajo, sumándose a tu base imponible anual. Con un salario de 1300€ mensuales (15.600€ anuales) más 487€ de Plus de Nocturnidad anual (40,60€ × 12 meses), tu base imponible sube a 16.087€ anuales. En el tramo autonómico de Madrid 2026, esto supone un tipo marginal aproximado del 21% (12% estatal + 9% autonómico). Tu retención mensual aumentará proporcionalmente: de esos 40,60€ brutos mensuales de plus, Hacienda retiene unos 6€ mensuales, quedando 34,60€ netos. En la declaración anual de 2027, si no tienes otras rentas, probablemente salga a devolver porque las retenciones habrán sido superiores a tu cuota real.
No existe exención fiscal para este plus, a diferencia de algunos complementos de transporte o manutención. El importe total del Plus de Nocturnidad aparece en la casilla 001 de tu borrador de la Renta junto con tu salario base. Si cobras 60€ mensuales de plus (720€ anuales), tu retención adicional anual será de unos 150€, recibiendo 570€ netos extra al año por este concepto.
Cómo cotiza el Plus de Nocturnidad a la Seguridad Social
El Plus de Nocturnidad cotiza íntegramente a la Seguridad Social por contingencias comunes, sumándose a tu base de cotización mensual. Como dependiente/a de comercio, estás en el Grupo 7 de cotización, con base mínima de 1323€ en 2026. Tu base real con salario de 1300€ más 40,60€ de plus nocturno sería 1340,60€ mensuales. Sobre esta base se aplica el 6,35% de aportación del trabajador (85,13€ mensuales) y el 29,90% de la empresa (400,84€ mensuales). Tu plus aporta específicamente 2,58€ adicionales mensuales a tu cotización personal (40,60€ × 6,35%).
Este plus incrementa ligeramente tu futura pensión de jubilación porque aumenta tu base reguladora. Con 40,60€ mensuales durante 35 años de vida laboral, el impacto en tu pensión sería de aproximadamente 8€ mensuales adicionales de pensión (cálculo estimado con tasas de sustitución actuales del 80%). Si cobras 60€ mensuales de plus, el incremento en pensión futura sería cercano a 12€ mensuales. También mejora ligeramente tu base para calcular prestaciones por IT o desempleo, aunque el impacto es marginal en importes de este nivel.
Qué dice el Convenio de Comercio sobre el Plus de Nocturnidad obligatorio
El Convenio General de Comercio 2026 establece en su artículo sobre jornada y horarios que el trabajo nocturno (22:00-6:00) debe retribuirse con un incremento mínimo del 25% sobre el valor hora ordinaria. Este plus es obligatorio para todas las empresas del sector comercio, independientemente de su tamaño. Tu empresa no puede pactar en tu contrato una cantidad inferior a este 25%, aunque sí puede mejorarla. El convenio especifica que las horas nocturnas deben contar como tales aunque trabajes menos de 3 horas en esa franja, a diferencia de otros convenios que exigen mínimos.
Las grandes cadenas de distribución y centros comerciales suelen mejorar el convenio pagando entre 2,80€ y 4€ por hora nocturna como cantidad fija, que equivale a aplicar entre 30-45% sobre el salario hora medio del sector. Si tu empresa no paga este plus y trabajas habitualmente después de las 22:00, está incumpliendo el convenio. Puedes reclamar hasta 4 años atrás ante Inspección de Trabajo. Algunas empresas intentan compensarlo con el Plus de Turnicidad, pero son conceptos diferentes y deben pagarse separadamente si trabajas turnos que incluyen horario nocturno.
Preguntas frecuentes: Plus de Nocturnidad para Dependiente/a de Comercio
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