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Salario Mínimo Interprofesional para Dependiente/a de Comercio: qué cobras realmente

Si trabajas como dependiente en comercio, el SMI marca el suelo salarial que nadie puede bajarte. Entender cómo se aplica con tus pluses de domingo, festivos y comisiones es clave para saber si tu nómina cumple la ley y qué puedes reclamar.

Qué es el Salario Mínimo Interprofesional en nómina de Dependiente/a

El Salario Mínimo Interprofesional en la nómina de un/a Dependiente/a de Comercio es la retribución mínima legal que garantiza 1.323€ brutos mensuales en 2026 por jornada completa, sin contar pluses de domingo, festivos ni comisiones variables que se suman aparte según tu convenio.

Cómo calcular el SMI en tu nómina de comercio en 2026

El cálculo parte del SMI anual de 18.522€ dividido en 14 pagas, resultando 1.323€ mensuales. A esto sumas tus complementos salariales específicos del sector comercio según días trabajados y objetivos cumplidos.

Ejemplo real: nómina de Dependiente/a con 1.300€ brutos + pluses

Partimos de un salario base de 1.323€ (SMI obligatorio). Trabajas 4 domingos al mes con plus de 18€ cada uno: sumas 72€. Atiendes 2 festivos con plus de 28€: otros 56€. Tu empresa paga comisión del 1% sobre 8.000€ de ventas mensuales: 80€ más. Total devengos: 1.323 + 72 + 56 + 80 = 1.531€ brutos. Tras Seguridad Social (6,35% = 97,22€) e IRPF (retención 3,8% = 58,18€), tu neto mensual es 1.375,60€. En tu nómina verás el SMI como 'Salario Base' en la sección de devengos, y cada plus desglosado como complemento salarial independiente.

El SMI garantiza que tu neto nunca baje de 1.168€ mensuales en jornada completa sin pluses. Con los complementos habituales del comercio, un dependiente/a cobra entre 1.300-1.500€ netos en 2026, dependiendo de domingos trabajados y comisiones.

Impacto del SMI en tu IRPF como Dependiente/a de Comercio

Con el SMI de 1.323€ mensuales (18.522€ anuales más pagas extra), entras en el tramo del 19% de IRPF. Tu retención media ronda el 3,5-4% si no tienes otras rentas, lo que supone 46-53€ al mes descontados. Al año, Hacienda te retiene entre 648-741€ por este concepto. Con pluses habituales y subiendo a 1.500€ brutos mensuales (21.000€ año), la retención sube a 5-6%, unos 75-90€ mensuales.

En la declaración anual, si solo trabajaste parte del año o tuviste varios contratos, probablemente te devuelvan parte de lo retenido. El SMI por sí solo no genera obligación de declarar si es tu única renta, pero sumando pluses y comisiones superarás los 15.000€ anuales que sí obligan a presentar el IRPF según artículo 96 LIRPF.

Cotización a Seguridad Social del SMI en comercio

Como dependiente/a de comercio cotizas en el Grupo 7 de la Seguridad Social. Con el SMI de 1.323€, tu base de cotización mínima es 1.323€, aplicándose un 6,35% de descuento (87,99€ al mes). Tu empresa aporta además el 29,90% (395,57€), sumando 483,56€ mensuales al sistema. Con pluses que eleven tu bruto a 1.500€, cotizas sobre esa cantidad: 95,25€ tú y 448,50€ la empresa.

Esta cotización sobre el SMI te garantiza una base reguladora de 1.323€ para calcular futuras prestaciones. En términos de pensión, cada año cotizado con el SMI suma aproximadamente 15-18€ mensuales a tu futura jubilación. Si cotizas 35 años al SMI actual, generarías una pensión estimada de 850-900€ mensuales en 2061, aunque los importes se revalorizan anualmente.

Qué dice el Convenio de Comercio sobre el SMI: tus derechos

El Convenio General de Comercio (BOE-A-2024-18552) establece que el salario base no puede ser inferior al SMI vigente, fijando en 2026 un mínimo de 1.323€ mensuales en 14 pagas. Además, regula como obligatorios los pluses de domingo (mínimo 15€), festivo (mínimo 25€) y nocturnidad (20% de incremento si trabajas entre 22h-6h). Las comisiones quedan a negociación individual pero deben pactarse por escrito y liquidarse mensualmente con detalle de ventas en nómina.

Tu empresa puede mejorar estos mínimos mediante pacto colectivo o acuerdo individual, y muchas lo hacen: grandes superficies pagan hasta 1.600€ base. Si detectas que tu salario base está por debajo del SMI sin justificación (reducción de jornada), tienes derecho a reclamar atrasos de hasta 1 año. La Inspección de Trabajo sanciona con multas de 3.126 a 10.000€ por incumplimiento del SMI según artículo 7.9 LISOS.

Preguntas frecuentes: SMI para Dependiente/a de Comercio

¿Tengo derecho al Salario Mínimo Interprofesional en mi nómina siendo Dependiente/a de Comercio?
Sí, absolutamente. Todo dependiente/a de comercio con contrato laboral tiene derecho al SMI de 1.323€ mensuales en jornada completa en 2026, según el artículo 27 del ET. Esto aplica independientemente de tu antigüedad, tipo de contrato (indefinido, temporal, fijo discontinuo) o categoría profesional. El Convenio General de Comercio refuerza este derecho y no permite que las empresas lo reduzcan ni siquiera durante el periodo de prueba. Si trabajas a tiempo parcial, tienes derecho a la parte proporcional: 20 horas semanales = 661,50€ base mínima. Los pluses de domingo, festivo y comisiones se suman aparte y nunca pueden usarse para completar el SMI si tu base está por debajo.
¿Cuánto es exactamente el SMI que debo ver en mi nómina como Dependiente/a de Comercio en 2026?
En tu nómina debe aparecer un 'Salario Base' de mínimo 1.323€ brutos mensuales si trabajas jornada completa (40 horas semanales). Eso son 18.522€ anuales repartidos en 14 pagas: 12 mensualidades de 1.323€ más dos pagas extra de 1.323€ cada una (junio y navidad normalmente). Si tu empresa paga 15 pagas, cada una sería de 1.234,80€. En media jornada (20h), verás 661,50€. Este importe aparece en el apartado 'Devengos' de tu nómina, línea 'Salario Base'. Por debajo está el desglose de pluses (domingo, festivo, nocturnidad) y comisiones. Si tu salario base marca menos de 1.323€ y trabajas 40h, algo no cuadra.
¿Cómo se suman los pluses de domingo y festivos al SMI en mi nómina de comercio?
Los pluses de domingo y festivos van aparte del SMI, nunca se incluyen en él. Primero cobras tu base de 1.323€, después sumas los pluses según días trabajados. El Convenio de Comercio establece mínimos: 15€ por domingo, 25€ por festivo. Si trabajas 4 domingos al mes, sumas 60€ extra (4×15€). Si atiendes 2 festivos, otros 50€ (2×25€). Total: 1.323 + 60 + 50 = 1.433€ brutos. Tu empresa puede pagar más por estos conceptos, muchas pagan 20-30€ por domingo. Estos importes aparecen como líneas independientes en 'Complementos Salariales' de tu nómina. Si tu empresa te paga 1.200€ base diciendo que los pluses completan el SMI, está incumpliendo la ley: primero debe garantizar 1.323€ base.
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