Base Sujeta a IRPF en tu nómina de Técnico Informático: qué incluye
Como técnico informático cobras salario base, plus de disponibilidad y probablemente bonus. Todos forman tu Base Sujeta a IRPF, que determina cuánto te retiene Hacienda cada mes. Con 2800€ brutos medios y complementos variables, entender esta base es clave para saber qué llevas neto a casa realmente.
Qué es la Base Sujeta a IRPF en la nómina de un Técnico Informático
La Base Sujeta a IRPF en la nómina de un Técnico Informático es el importe total sobre el que se aplica la retención de IRPF. Incluye tu salario bruto mensual, plus de disponibilidad, bonus por proyecto, guardias, y cualquier complemento salarial en metálico que percibas.
Cómo se calcula la Base Sujeta a IRPF para un Técnico Informático en 2026
El cálculo suma algebraicamente todos tus conceptos salariales brutos del mes y resta únicamente las aportaciones a planes de pensiones de empresa (si los tienes) y la Seguridad Social que pagas tú. Esta cantidad final es tu Base Sujeta a IRPF.
Ejemplo real: Base Sujeta a IRPF en nómina de Técnico Informático con 2800€ brutos
Partes de 2800€ brutos mensuales desglosados así: salario base 2300€ + plus disponibilidad 200€ + parte proporcional bonus trimestral 300€. Total devengos: 2800€. Restas tu cotización a la SS (6,35% contingencias comunes + 1,55% desempleo + 0,10% formación = 8% total): 224€. Si no tienes plan de pensiones de empresa, tu Base Sujeta a IRPF es 2800€ - 224€ = 2576€. Sobre estos 2576€ se aplica tu porcentaje de retención IRPF (habitualmente 15-20% con este bruto, supongamos 17%): retienes 437,92€. En tu nómina ves: devengos 2800€, deducciones SS 224€, retención IRPF 437,92€. Líquido a percibir: 2137,08€. Esa cifra de 2576€ es la que determina todo tu IRPF anual.
Con 2800€ brutos y estructura habitual IT, tu neto ronda los 2140€ mensuales. La Base Sujeta determina que Hacienda te retenga unos 438€ cada mes. En 14 pagas anuales, retienes 6131€ al año. En la declaración de la renta ajustarás si pagaste de más o de menos.
Cómo afecta la Base Sujeta a IRPF al IRPF de un Técnico Informático
Con 2800€ brutos mensuales (39.200€ brutos anuales en 14 pagas), tu Base Liquidable general en la declaración ronda los 36.000€ tras restar SS y mínimo personal. Aplicas los tramos estatales IRPF 2026: hasta 12.450€ al 19%, de 12.450€ a 20.200€ al 24%, de 20.200€ a 35.200€ al 30%, y de 35.200€ a 36.000€ al 37%. Más el tramo autonómico (variable, en Madrid suma un 20-25% adicional total). Resultado: pagas aproximadamente 6800-7200€ de IRPF anual efectivo, un 17,5-18,5% sobre tu bruto. Cada mes retienes unos 440€, que es anticipo a cuenta de esos 6800-7200€ anuales.
Tu Base Sujeta a IRPF no tiene exenciones específicas para informáticos, salvo que tu empresa aplique retribución flexible correctamente. Ticket restaurante exento hasta 11€/día, transporte público hasta 1.500€/año, seguro médico para empleado hasta 500€/año (hasta 1.500€ si incluye cónyuge e hijos). Estos conceptos no suman a tu Base Sujeta, reduciendo tu retención mensual sin perder poder adquisitivo.
Base Sujeta a IRPF y cotización a la Seguridad Social para Técnico Informático
Como técnico informático cotizas en el Grupo 2 o 3 de cotización a la SS (técnicos titulados o no titulados), según tu cualificación. Tu empresa paga el 29,9% sobre tu base de cotización, y tú el 6,35% por contingencias comunes + 1,55% desempleo + 0,10% formación profesional = 8% total. Con 2800€ brutos, tu base de cotización coincide (salvo que superes el tope de 4720,50€/mes de 2026). Pagas 224€ mensuales a la SS. Esto no se resta de tu Base Sujeta a IRPF directamente en nómina, pero sí reduce tu Base Liquidable en la declaración anual.
Cotizar sobre 2800€ te genera derechos de pensión futura proporcionales. Con 35 años cotizados a esta base, tu pensión rondaría el 70-80% de tu base reguladora (unos 1900-2100€/mes). Cada euro que sumas a tu base de cotización (bonus, plus) incrementa ligeramente tu pensión futura. Ojo: cotización y Base Sujeta a IRPF son conceptos distintos. La primera genera derechos SS, la segunda determina tu retención fiscal.
Base Sujeta a IRPF en el Convenio de Consultoría: qué establece
El Convenio Colectivo de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado (el mayoritario en IT) no regula directamente la Base Sujeta a IRPF porque es materia fiscal (LIRPF art. 83), no laboral. Pero sí establece qué complementos son obligatorios y cuáles voluntarios. Plus de disponibilidad, guardias y desplazamientos están regulados como complementos salariales, lo que significa que suman automáticamente a tu Base Sujeta. El convenio fija salarios mínimos por grupo profesional (técnico especialista, analista, etc.), pero la mayoría de empresas pagan por encima. Bonus y variable comercial son extrasalariales según el convenio, pero fiscalmente tributan igual que el salario.
Si tu empresa incumple y no incluye en nómina complementos devengados (horas extras, plus de guardias), está obligada a regularizarlo. Ese atraso suma de golpe a tu Base Sujeta del mes que lo cobras, elevando tu retención ese mes puntualmente. Puedes reclamar mediante el departamento de RRHH o, si no responden, ante Inspección de Trabajo. Las empresas que mejoran convenio suelen ofrecer retribución flexible (seguro médico, ticket restaurante, transporte) que reduce tu Base Sujeta porque esos conceptos están exentos hasta ciertos límites.
Preguntas frecuentes: Base Sujeta a IRPF para Técnico Informático
Introduce tu bruto mensual, plus de disponibilidad y bonus para ver tu Base Sujeta a IRPF exacta, cuánto retienes y qué llevas neto. Simula diferentes estructuras retributivas.
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