Base Sujeta a IRPF en nómina de Recepcionista: calcula tu retención
Como Recepcionista cobras 1350€ de media en España, con pluses por nocturnidad y festivos que incrementan tu base fiscal. Entender qué incluye tu Base Sujeta a IRPF te permite anticipar tu retención mensual y evitar sorpresas en la declaración anual.
Qué es la Base Sujeta a IRPF en la nómina de Recepcionista
La Base Sujeta a IRPF en la nómina de un/a Recepcionista es la suma total de retribuciones brutas sobre la que Hacienda calcula tu retención mensual. Incluye salario base, complementos salariales, pluses de nocturnidad, festivos y turnicidad, según el artículo 83 de la LIRPF.
Cómo se calcula la Base Sujeta a IRPF para Recepcionista en 2026
Sumas todos tus devengos del mes: salario base + antigüedad + complementos + pluses. A ese total le restas solo las cotizaciones a la Seguridad Social (6,35% del salario bruto). El resultado es tu Base Sujeta a IRPF.
Ejemplo real: Base Sujeta a IRPF con 1350€ brutos
Partes de 1350€ brutos mensuales. Tu convenio establece salario base de 1100€ + plus de nocturnidad 150€ + plus idiomas 100€. Total devengos: 1350€. Restas cotización SS (6,35%): 85,73€. Tu Base Sujeta a IRPF resulta: 1.264,27€. Este es el importe sobre el que Hacienda calcula tu retención. Con retención del 2,87% (habitual para este salario en 2026), pagas 36,28€ de IRPF al mes. En tu nómina verás este concepto en la casilla de deducciones como 'Retención IRPF'. El cálculo se repite cada mes, variando si trabajas más festivos o noches.
De tus 1350€ brutos te quedan 1.227,99€ netos mensuales tras descontar SS e IRPF. Esos 36,28€ mensuales de retención suman 435,36€ anuales que Hacienda ya ha cobrado. Recuperas parte en la declaración si tienes deducciones pendientes.
Impacto del IRPF en la nómina de Recepcionista
Con 1350€ brutos al mes (16.200€ anuales), tu Base Liquidable General en IRPF queda en 14.141€ tras aplicar reducciones del trabajo (2.000€) y cotizaciones anuales (1.029€). Caes en el tramo del 19% estatal pero tu retención efectiva es 2,87% mensual. Esto supone 435,36€ de retención anual. Hacienda aplica tipos reducidos porque tu salario está cerca del mínimo exento (15.876€ con deducciones).
Si trabajas solo parte del año o tienes dos pagadores, tu retención sube al 15%. En la declaración anual recuperas diferencias si pagaste guardería (hasta 1.000€), alquilaste vivienda habitual antes de 2015 o tienes discapacidad. El 80% de recepcionistas con este salario salen a devolver entre 100-300€.
Base Sujeta a IRPF y cotización SS para Recepcionista
Cotizas en el Grupo 7 de la Seguridad Social (Auxiliares administrativos) con base mínima de 1.323€/mes en 2026. Tu aportación es 6,35% (84€ mensuales si cobras 1350€). Este concepto se descuenta de tu nómina antes de calcular la Base Sujeta a IRPF, por eso tu base fiscal siempre es menor que tu salario bruto. La empresa paga adicionalmente 29,90% por contingencias comunes (404,25€) pero eso no aparece en tu nómina.
Esos 84€ mensuales que cotizas generan derechos: cada año trabajado suma 1,82% de tu base reguladora para tu futura pensión. Con 35 años cotizados y base de 1323€, tu pensión sería 816€/mes. También financian tu desempleo (70% del salario los primeros 6 meses) y baja por enfermedad desde el día 4 (60% hasta día 20, 75% después).
Base Sujeta a IRPF en Convenios de Oficinas y Hostelería
El Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos 2025-2027 (BOE-A-2025-1847) establece salarios base desde 1.084,50€/mes en grupo V (recepción). El Convenio de Hostelería varía por CCAA pero suele fijar 1.200-1.350€ para recepcionistas. Ambos convenios obligan a pagar pluses de nocturnidad (mínimo 25%), festivos (75% adicional) y turnicidad cuando apliquen. Estos complementos son obligatorios y siempre tributan en tu Base Sujeta a IRPF según LIRPF art. 17.1.
Tu empresa puede mejorar el convenio con plus voluntarios de idiomas, responsabilidad o disponibilidad. Esos extras también suman a tu base fiscal. Si tu empleador no paga los pluses obligatorios o calcula mal tu base, reclama a Inspección de Trabajo. La prescripción es de 4 años: puedes reclamar diferencias desde 2022.
Preguntas frecuentes: Base Sujeta a IRPF para Recepcionista
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