Complemento de Antigüedad en tu nómina de Cocinero/a: cuánto cobras
Si llevas años en la misma empresa de hostelería, el Complemento de Antigüedad puede aumentar tu salario de forma significativa. Muchos cocineros y cocineras no saben identificarlo en su nómina o desconocen si su empresa lo está aplicando correctamente según el Convenio Colectivo de Hostelería.
Qué es el Complemento de Antigüedad para un/a Cocinero/a
El Complemento de Antigüedad en la nómina de un/a Cocinero/a es un incremento salarial que reconoce tu permanencia en la misma empresa del sector hostelero. Se calcula según los años trabajados y lo regula tu convenio colectivo, sumándose a tu salario base mensual y cotizando tanto a la Seguridad Social como al IRPF.
Cómo calcular el Complemento de Antigüedad en Hostelería 2026
El cálculo se basa en aplicar un porcentaje sobre tu salario base por cada trienio completado. En el Convenio de Hostelería, lo habitual es un 5% del salario base por cada tres años trabajados, aunque varía según provincia.
Ejemplo real: Complemento de Antigüedad en nómina de Cocinero/a con 1500€ brutos
Imagina que cobras 1500€ brutos mensuales como Cocinero/a y llevas 6 años en el mismo restaurante. Tu salario base es de 1200€ (el resto son pluses). Con 6 años completados, tienes derecho a 2 trienios. Cada trienio representa un 5% sobre tu base: 1200€ × 5% = 60€ por trienio. Con 2 trienios acumulados: 60€ × 2 = 120€ mensuales de Complemento de Antigüedad. En tu nómina aparecerá una línea 'Antigüedad: 2 trienios - 120,00€'. Este importe se suma a tu salario bruto, elevándolo de 1500€ a 1620€. Sobre estos 120€ también se aplica IRPF y cotización SS.
Esos 120€ brutos se convierten en aproximadamente 95€ netos mensuales tras aplicar retenciones. Al año suponen 1140€ netos extra en tu cuenta, equivalente casi a una paga extra adicional solo por tu permanencia en la empresa.
Impacto del Complemento de Antigüedad en tu IRPF como Cocinero/a
El Complemento de Antigüedad tributa íntegramente como rendimiento del trabajo en tu IRPF. Con 1500€ mensuales (18.000€ anuales), tu tipo de retención habitual está entre el 8-12%. Si cobras 120€ mensuales de antigüedad (1.440€ anuales), aumentas tu base imponible a 19.440€, pudiendo elevar tu retención al 10-13%. En términos prácticos, de esos 1.440€ anuales de complemento, pagarás entre 144€ y 187€ en IRPF, según tu situación personal (LIRPF art. 17).
No existe ninguna exención o bonificación fiscal por antigüedad en activo. Solo los premios por jubilación anticipada pueden tener tratamiento fiscal favorable. En tu declaración anual aparecerá sumado a tus rendimientos del trabajo normales, sin distinción especial.
Cotización a la Seguridad Social del Complemento de Antigüedad
El Complemento de Antigüedad cotiza íntegramente a la Seguridad Social. Como Cocinero/a, perteneces al Grupo de Cotización 7 u 8 según tu categoría profesional. Sobre esos 120€ mensuales del ejemplo, se aplica un 6,35% de aportación del trabajador (7,62€) y un 29,90% de la empresa (35,88€). Tu base de cotización aumenta de 1500€ a 1620€ mensuales, generando mayores derechos futuros (LGSS art. 147).
Este aumento en tu base de cotización mejora directamente tu futura pensión de jubilación, incapacidad o prestaciones por desempleo. Con 120€ más cotizando durante 10 años, tu pensión puede aumentar entre 15-20€ mensuales al jubilarte. Es un beneficio a largo plazo que muchos trabajadores del sector desconocen.
Qué dice el Convenio de Hostelería sobre Antigüedad: tus derechos
El Convenio Colectivo de Hostelería (actualización 2026) establece el derecho a percibir complementos por antigüedad mediante trienios. La mayoría de convenios provinciales fijan un 5% del salario base por cada tres años, aunque Madrid contempla un 6% y Barcelona un 5,5%. Este complemento es obligatorio cuando cumples el período establecido y la empresa no puede eliminarlo unilateralmente. Aparece detallado en el artículo 26 del convenio estatal, con posibles mejoras en convenios provinciales o de empresa.
Algunas cadenas hoteleras y grupos de restauración organizados ofrecen quinquenios (cada 5 años) con porcentajes superiores como mejora voluntaria. Si tu empresa no aplica el complemento existiendo derecho según convenio, puedes reclamarlo retroactivamente hasta 1 año atrás (ET art. 59). Verifica tu convenio específico en el BORM, DOGC, BOCM o boletín de tu comunidad autónoma.
Preguntas frecuentes: Complemento de Antigüedad para Cocinero/a
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