Cotización por Desempleo en tu nómina de Dependiente/a de Comercio: qué pagas realmente
Si trabajas en comercio, cada mes te descuentan un 1,55% de tu salario bruto para la prestación por desempleo. Con un salario de 1.300€, son 20,15€ mensuales. Te explico cómo se calcula, qué dice tu convenio y cómo afecta a tu nómina neta cuando cobras pluses por domingos o comisiones.
Qué es la cotización por desempleo en tu nómina de dependiente
La cotización por desempleo en la nómina de un dependiente de comercio es el 1,55% que se descuenta de tu salario bruto cada mes para financiar la prestación por desempleo. Este porcentaje se aplica sobre toda tu base de cotización, incluyendo pluses de domingo, festivos y comisiones.
Cómo se calcula la cotización por desempleo para dependientes en 2026
El cálculo es directo: multiplicas tu base de cotización (salario bruto más pluses y comisiones) por 1,55%. El resultado es lo que te descuentan cada mes en tu nómina bajo el concepto de desempleo.
Ejemplo real: cotización por desempleo con 1.300€ brutos mensuales
Supongamos que trabajas como dependiente con un salario de 1.300€ brutos al mes, sin comisiones variables ese mes. Tu base de cotización por contingencias comunes sería de 1.300€. Aplicamos el 1,55%: 1.300 × 0,0155 = 20,15€. Esos 20,15€ se restan de tu salario bruto, junto con el resto de cotizaciones a la Seguridad Social (común, formación profesional) y la retención de IRPF. Si un mes cobras 200€ de comisiones, tu base sube a 1.500€ y la cotización por desempleo sube a 23,25€. En tu nómina verás una línea que dice 'Desempleo' o 'Contingencias comunes - Desempleo' con el importe de 20,15€ restado de tu bruto.
De tu salario bruto mensual de 1.300€, la cotización por desempleo te resta 20,15€. Junto con el resto de deducciones (común 4,83%, formación 0,10%, IRPF aproximado 3-4%), tu neto final ronda los 1.140-1.150€. La cotización por desempleo representa aproximadamente un 1,8% de tu salario neto.
Cómo afecta la cotización por desempleo a tu IRPF como dependiente
La cotización por desempleo no tributa en el IRPF. Es una deducción de Seguridad Social, no un ingreso, por lo que no aumenta tu base imponible. Con un salario de 1.300€ brutos mensuales (15.600€ anuales sin pagas extra incluidas), tu retención de IRPF ronda el 3-4%, unos 40-50€ al mes. La cotización por desempleo (20,15€) se descuenta antes de calcular esa retención, reduciendo ligeramente la cantidad sobre la que se aplica el IRPF.
En tu declaración de la renta anual, las cotizaciones sociales (incluido el desempleo) se restan de tus ingresos brutos para calcular el rendimiento neto del trabajo. Esto significa que esos 242€ anuales (20,15€ × 12 meses) reducen tu base imponible y, por tanto, el impuesto final a pagar. Es un gasto deducible automático que ya aplica tu empresa en cada nómina.
Cotización por desempleo y Seguridad Social para dependientes de comercio
Como dependiente de comercio cotizas en el Grupo de Cotización 7 (ayudantes no titulados). La base mínima en 2026 es de 1.323€ mensuales y la máxima de 4.720,50€. Del total que pagas a la Seguridad Social (6,48% sumando común, desempleo y formación), el 1,55% va destinado exclusivamente a financiar la prestación por desempleo. La empresa aporta un 5,50% adicional. Entre ambas partes se alcanza el 7,05% que alimenta el fondo de protección.
Esta cotización no afecta directamente al cálculo de tu futura pensión (eso va por contingencias comunes), pero sí determina tu derecho a cobrar el paro y la cuantía. Con 1.300€ de base, si pierdes tu empleo tras 12 meses trabajados, cobrarías el 70% de tu base reguladora los primeros 6 meses (unos 910€ netos/mes) y el 50% después. Los 20,15€ mensuales que pagas son tu seguro: cuantos más meses cotices, más tiempo de prestación acumulas (hasta 24 meses con 6 años cotizados).
Cotización por desempleo en el Convenio General de Comercio 2026
El Convenio General de Comercio no regula ni modifica los porcentajes de cotización por desempleo porque estos vienen fijados por ley estatal (LGSS art. 269) y son de obligado cumplimiento para todas las empresas. El convenio sí establece qué conceptos forman parte del salario base y qué complementos son computables para la base de cotización, lo que indirectamente afecta al importe final que pagas. Los pluses de domingo, festivo, nocturnidad y las comisiones por ventas cotizan íntegramente.
Las empresas no pueden mejorar ni empeorar esta cotización: el 1,55% es fijo e intocable. Si tu empresa no te cotiza por desempleo o aplica un porcentaje inferior, está cometiendo una infracción grave ante la Inspección de Trabajo. Puedes comprobarlo en tu vida laboral descargando el informe de bases de cotización desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes: cotización por desempleo para dependientes
Introduce tu salario base, comisiones y pluses de domingo para ver tu nómina neta exacta con todas las deducciones. Incluye el cálculo automático de tu cotización por desempleo según tu convenio.
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