Kilometraje en la nómina de Comercial: cuánto te pagan por tus rutas en 2026
Si usas tu coche particular para visitar clientes, tienes derecho a compensación por kilometraje. Este concepto te permite recuperar parte de los gastos de combustible, desgaste y mantenimiento sin que tribute en IRPF ni cotice a la Seguridad Social, hasta el límite legal.
Qué es el Kilometraje en la nómina de un/a Comercial
El Kilometraje en la nómina de un/a Comercial es la compensación económica que recibes por usar tu vehículo particular en desplazamientos profesionales para visitar clientes. En 2026, el máximo exento de IRPF es 0,26 euros por kilómetro recorrido, según marca Hacienda.
Cómo se calcula el Kilometraje para un/a Comercial en 2026
El cálculo es directo: multiplicas los kilómetros recorridos en desplazamientos profesionales del mes por la tarifa que aplica tu empresa (máximo 0,26€/km). Necesitas justificante de las rutas: libro de ruta, Google Maps Timeline o app específica de seguimiento.
Ejemplo real: Kilometraje en nómina de Comercial con 1.400€ brutos
Supongamos que trabajas como comercial con salario base de 1.400€ brutos mensuales. Durante marzo 2026 realizas 850 km en visitas comerciales (León-Valladolid-Zamora-Salamanca). Tu empresa aplica 0,26€/km. Cálculo: 850 km × 0,26€ = 221€ de kilometraje. Este importe aparece en tu nómina en el apartado 'Percepciones No Salariales' o 'Gastos suplidos'. Tu nómina muestra: 1.400€ (salario bruto) + 221€ (kilometraje) = 1.621€ total devengado. Pero atención: el kilometraje no cotiza ni tributa, así que tu base de contingencias comunes sigue siendo 1.400€. Tu líquido a percibir aumenta en esos 221€ íntegros. Al año, si mantienes esa media, recuperas 2.652€ limpios por usar tu vehículo.
El kilometraje aumenta tu neto mensual en la cantidad exacta compensada, sin deducciones. Con 850 km/mes a 0,26€, son 221€ más limpios cada mes. Es dinero que recuperas por gastos reales, no un complemento salarial.
Cómo afecta el Kilometraje al IRPF de un/a Comercial
Con 1.400€ brutos mensuales (16.800€ anuales), tu retención IRPF ronda el 5-7% según tu situación personal. La gran ventaja del kilometraje es que hasta 0,26€/km está completamente exento de IRPF según el artículo 9 del Reglamento del IRPF. Esto significa que si cobras 2.652€ anuales por kilometraje (850 km/mes × 12), ese dinero no suma a tu base imponible. Ahorras aproximadamente 185€ anuales en retenciones que sí pagarías si ese importe fuera salario normal.
En tu declaración de la Renta, el kilometraje no aparece como rendimiento del trabajo siempre que no supere 0,26€/km. Si tu empresa paga más (por ejemplo, 0,30€/km), la diferencia (0,04€/km) sí tributaría como renta en especie. Clave: exige que en tu nómina figure como 'gastos suplidos' o 'percepción no salarial', nunca como plus o complemento salarial.
Kilometraje y cotización a la Seguridad Social para Comerciales
Como comercial cotizas en el Grupo 5 o 6 de cotización (depende de tu categoría: vendedor, agente comercial). La base de cotización se calcula sobre tu salario bruto (1.400€), pero el kilometraje no suma a esta base porque son gastos suplidos, no retribución. Actualmente, la cotización total ronda el 30% del bruto (6,35% a cargo del trabajador). Si el kilometraje cotizara, con 221€ mensuales pagarías 14€ más de SS y tu empresa 52€ más. Al estar exento, te ahorras esa reducción en el neto.
Este ahorro inmediato tiene una contrapartida: al no cotizar por el kilometraje, no aumenta tu base reguladora para la pensión futura ni para el cálculo del paro. En la práctica, con 2.652€ anuales no exentos, tu pensión aumentaría unos 3-4€/mes dentro de 30 años. El beneficio fiscal presente (221€ íntegros cada mes) compensa claramente esa mínima pérdida futura en prestaciones.
Kilometraje en el Convenio de Comercio: qué dice la normativa sectorial
El Convenio Colectivo Estatal del Comercio (vigente 2026) establece que cuando el trabajador utilice su vehículo particular por necesidades del servicio, la empresa debe abonar los gastos ocasionados. Aunque el convenio no fija una tarifa concreta, remite al límite fiscal vigente (0,26€/km según IRPF) como referencia razonable. Es obligatorio compensar estos gastos si están debidamente justificados mediante partes de ruta o informes de actividad. La empresa no puede obligarte a usar tu coche sin compensación.
Muchas empresas del sector mejoran la compensación base mediante acuerdos de empresa o pactos individuales. Algunas ofician coche de empresa a partir de determinado volumen de rutas (>1.500 km/mes). Si tu empresa paga menos de 0,19€/km o directamente no compensa el kilometraje cuando haces rutas habituales, estás en tu derecho de reclamar. La Inspección de Trabajo considera abusivo exigir uso del vehículo propio sin compensación adecuada. Guarda siempre evidencias: capturas de Google Maps, tickets de gasolina y correos donde se te asignen visitas fuera de tu centro habitual.
Preguntas frecuentes: Kilometraje para Comerciales
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