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Kilometraje en la nómina de Comercial: cuánto te pagan por tus rutas en 2026

Si usas tu coche particular para visitar clientes, tienes derecho a compensación por kilometraje. Este concepto te permite recuperar parte de los gastos de combustible, desgaste y mantenimiento sin que tribute en IRPF ni cotice a la Seguridad Social, hasta el límite legal.

Qué es el Kilometraje en la nómina de un/a Comercial

El Kilometraje en la nómina de un/a Comercial es la compensación económica que recibes por usar tu vehículo particular en desplazamientos profesionales para visitar clientes. En 2026, el máximo exento de IRPF es 0,26 euros por kilómetro recorrido, según marca Hacienda.

Cómo se calcula el Kilometraje para un/a Comercial en 2026

El cálculo es directo: multiplicas los kilómetros recorridos en desplazamientos profesionales del mes por la tarifa que aplica tu empresa (máximo 0,26€/km). Necesitas justificante de las rutas: libro de ruta, Google Maps Timeline o app específica de seguimiento.

Ejemplo real: Kilometraje en nómina de Comercial con 1.400€ brutos

Supongamos que trabajas como comercial con salario base de 1.400€ brutos mensuales. Durante marzo 2026 realizas 850 km en visitas comerciales (León-Valladolid-Zamora-Salamanca). Tu empresa aplica 0,26€/km. Cálculo: 850 km × 0,26€ = 221€ de kilometraje. Este importe aparece en tu nómina en el apartado 'Percepciones No Salariales' o 'Gastos suplidos'. Tu nómina muestra: 1.400€ (salario bruto) + 221€ (kilometraje) = 1.621€ total devengado. Pero atención: el kilometraje no cotiza ni tributa, así que tu base de contingencias comunes sigue siendo 1.400€. Tu líquido a percibir aumenta en esos 221€ íntegros. Al año, si mantienes esa media, recuperas 2.652€ limpios por usar tu vehículo.

El kilometraje aumenta tu neto mensual en la cantidad exacta compensada, sin deducciones. Con 850 km/mes a 0,26€, son 221€ más limpios cada mes. Es dinero que recuperas por gastos reales, no un complemento salarial.

Cómo afecta el Kilometraje al IRPF de un/a Comercial

Con 1.400€ brutos mensuales (16.800€ anuales), tu retención IRPF ronda el 5-7% según tu situación personal. La gran ventaja del kilometraje es que hasta 0,26€/km está completamente exento de IRPF según el artículo 9 del Reglamento del IRPF. Esto significa que si cobras 2.652€ anuales por kilometraje (850 km/mes × 12), ese dinero no suma a tu base imponible. Ahorras aproximadamente 185€ anuales en retenciones que sí pagarías si ese importe fuera salario normal.

En tu declaración de la Renta, el kilometraje no aparece como rendimiento del trabajo siempre que no supere 0,26€/km. Si tu empresa paga más (por ejemplo, 0,30€/km), la diferencia (0,04€/km) sí tributaría como renta en especie. Clave: exige que en tu nómina figure como 'gastos suplidos' o 'percepción no salarial', nunca como plus o complemento salarial.

Kilometraje y cotización a la Seguridad Social para Comerciales

Como comercial cotizas en el Grupo 5 o 6 de cotización (depende de tu categoría: vendedor, agente comercial). La base de cotización se calcula sobre tu salario bruto (1.400€), pero el kilometraje no suma a esta base porque son gastos suplidos, no retribución. Actualmente, la cotización total ronda el 30% del bruto (6,35% a cargo del trabajador). Si el kilometraje cotizara, con 221€ mensuales pagarías 14€ más de SS y tu empresa 52€ más. Al estar exento, te ahorras esa reducción en el neto.

Este ahorro inmediato tiene una contrapartida: al no cotizar por el kilometraje, no aumenta tu base reguladora para la pensión futura ni para el cálculo del paro. En la práctica, con 2.652€ anuales no exentos, tu pensión aumentaría unos 3-4€/mes dentro de 30 años. El beneficio fiscal presente (221€ íntegros cada mes) compensa claramente esa mínima pérdida futura en prestaciones.

Kilometraje en el Convenio de Comercio: qué dice la normativa sectorial

El Convenio Colectivo Estatal del Comercio (vigente 2026) establece que cuando el trabajador utilice su vehículo particular por necesidades del servicio, la empresa debe abonar los gastos ocasionados. Aunque el convenio no fija una tarifa concreta, remite al límite fiscal vigente (0,26€/km según IRPF) como referencia razonable. Es obligatorio compensar estos gastos si están debidamente justificados mediante partes de ruta o informes de actividad. La empresa no puede obligarte a usar tu coche sin compensación.

Muchas empresas del sector mejoran la compensación base mediante acuerdos de empresa o pactos individuales. Algunas ofician coche de empresa a partir de determinado volumen de rutas (>1.500 km/mes). Si tu empresa paga menos de 0,19€/km o directamente no compensa el kilometraje cuando haces rutas habituales, estás en tu derecho de reclamar. La Inspección de Trabajo considera abusivo exigir uso del vehículo propio sin compensación adecuada. Guarda siempre evidencias: capturas de Google Maps, tickets de gasolina y correos donde se te asignen visitas fuera de tu centro habitual.

Preguntas frecuentes: Kilometraje para Comerciales

¿Tengo derecho al Kilometraje en mi nómina siendo Comercial?
Sí, tienes derecho si usas tu vehículo particular para desplazamientos profesionales (visitas comerciales, prospección, demostraciones). El Convenio de Comercio obliga a la empresa a compensar estos gastos cuando estén justificados. No tienes derecho si: 1) La empresa te da coche de empresa, 2) Trabajas solo en tienda física sin rutas, 3) Los desplazamientos son casa-trabajo (ese trayecto nunca se compensa). Para cobrarlo necesitas presentar justificantes: libro de ruta, capturas de GPS o informes de actividad con kilómetros recorridos. Si tu empresa se niega sin razón objetiva y tu puesto requiere movilidad habitual, puedes reclamarlo vía convenio colectivo o Inspección de Trabajo. La jurisprudencia laboral reconoce este derecho cuando está acreditada la necesidad del vehículo para el trabajo.
¿Cuánto cobro exactamente de Kilometraje siendo Comercial con 1.400€ de salario?
El kilometraje no depende de tu salario, sino de los kilómetros que recorras. Con 1.400€ brutos, si haces 600 km/mes en rutas comerciales y tu empresa paga 0,26€/km, cobras 156€ mensuales limpios (1.872€ anuales). Si haces 1.000 km/mes, cobras 260€ extra (3.120€ anuales). Ese dinero llega íntegro, sin retenciones ni cotizaciones. Ejemplo concreto: comercial de material de oficina en Andalucía occidental, zona Sevilla-Huelva-Cádiz, hace 950 km/mes = 247€ limpios mensuales. La media del sector para comerciales con zona amplia está entre 700-1.200 km/mes (182€-312€). Zonas rurales o grandes territorios superan 1.500 km/mes (390€). En ciudades con clientes concentrados, puede bajar a 400-500 km/mes (104€-130€).
¿Me pueden obligar a usar mi coche sin pagarme kilometraje en ventas?
No. Si tu puesto requiere desplazamientos habituales y la empresa no te facilita vehículo de empresa, debe compensarte el uso del tuyo según el Estatuto de los Trabajadores (art. 29) y el Convenio de Comercio. Algunas empresas intentan incluir el kilometraje dentro del salario base o comisiones, pero esto es irregular: son conceptos distintos. Si firmas un contrato que dice 'salario de 1.400€ con kilometraje incluido', en realidad deberías cobrar 1.400€ + kilometraje aparte justificado. La compensación debe ser específica, identificable en nómina y proporcional a kilómetros reales. Si tu empresa se niega, pasos: 1) Reclama por escrito citando tu convenio, 2) Presenta libro de rutas mensual, 3) Si persiste negativa, denuncia ante Inspección de Trabajo con evidencias de desplazamientos profesionales habituales. Casos reales: la Inspección ha multado a empresas del sector retail por no compensar rutas de supervisores entre tiendas.
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