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Kilometraje en tu nómina de Conductor/a de Autobús: cuánto cobras por desplazamientos

Como conductor/a de autobús, el kilometraje puede aparecer en tu nómina cuando usas tu vehículo particular para desplazamientos laborales. Es una compensación exenta de impuestos que muchos desconocen. Te explicamos cómo funciona, cuánto te corresponde según la normativa 2026 y si tu empresa cumple con lo establecido.

Qué es el Kilometraje en la nómina de un/a Conductor/a de Autobús

El Kilometraje en la nómina de un/a Conductor/a de Autobús es la compensación económica que recibes cuando utilizas tu vehículo particular para desplazamientos relacionados con tu trabajo, como acudir a cursos de formación, revisiones médicas obligatorias o traslados entre cocheras. Se paga a 0,26€ por kilómetro recorrido según normativa fiscal 2026.

Cómo se calcula el Kilometraje para Conductor/a de Autobús en 2026

El cálculo es directo: multiplicas los kilómetros recorridos por 0,26€. Necesitas justificante del desplazamiento (convocatoria, citación médica) y anotar origen-destino con kilometraje exacto. La empresa debe validarlo antes del pago.

Ejemplo real: Kilometraje en nómina de Conductor/a de Autobús con 1800€ brutos

Partes de tu salario base de 1800€ brutos mensuales como conductor. Durante marzo 2026, asistes a un curso de actualización CAP en una ciudad a 45 km de tu cochera habitual (ida y vuelta: 90 km). También acudes al reconocimiento médico anual en un centro a 15 km (ida y vuelta: 30 km). Total kilómetros justificados: 120 km. Cálculo: 120 km × 0,26€ = 31,20€. Este importe aparece en tu nómina como 'Kilometraje' o 'Indemnización desplazamientos' en Percepciones No Salariales. Lo cobras íntegro porque no cotiza a la Seguridad Social ni retiene IRPF. Tu nómina quedaría: 1800€ brutos + 31,20€ kilometraje. Neto: según tus retenciones habituales sobre los 1800€, más los 31,20€ completos.

El kilometraje suma directamente a tu neto sin descuentos. Con 120 km mensuales de media, añades 374,40€ anuales limpios. Muchos conductores pierden este dinero por no reclamar los desplazamientos con su vehículo particular debidamente justificados.

Cómo afecta el Kilometraje al IRPF de un/a Conductor/a de Autobús

Con 1800€ brutos mensuales (21.600€ anuales en 12 pagas), tu retención IRPF ronda el 10-12% según tu situación personal. Sin embargo, el kilometraje hasta 0,26€/km está completamente exento de IRPF según el artículo 9 del Reglamento del IRPF. Esto significa que si cobras 374,40€ anuales por kilometraje (120 km mensuales), ese dinero no suma a tu base imponible. No pagas los 37-45€ de IRPF que pagarías si fuese salario normal.

En tu declaración de la renta, este concepto no aparece como ingreso computable. Solo si tu empresa pagase más de 0,26€/km, el exceso tributaría normalmente. Tampoco necesitas justificar nada ante Hacienda si está dentro del límite legal; la responsabilidad de documentar los desplazamientos es de la empresa.

Kilometraje y cotización a la Seguridad Social para Conductor/a de Autobús

El kilometraje no cotiza a la Seguridad Social según el artículo 23.2 de la Ley General de la Seguridad Social, al ser compensación de gastos, no retribución. Como conductor de autobús cotizas en el Grupo 6 de cotización (subalterno), con bases entre 1.323€ y 1.800€ mensuales aproximadamente. Tu salario de 1800€ cotiza normalmente (6,35% de tu parte), pero los 31,20€ de kilometraje mensual no descuentan nada.

Esto tiene una consecuencia: no suma a tu base reguladora para calcular tu futura pensión de jubilación. En 30 años de carrera profesional cobrando 374€ anuales de kilometraje, habrás recibido 11.220€ limpios que no han generado derechos de pensión. Es el precio de la exención fiscal, pero compensa ampliamente: habrías pagado unos 710€ en cotizaciones sobre ese dinero.

Kilometraje en el Convenio de Transporte Urbano: tus derechos

El Convenio Colectivo Estatal de Transporte Urbano no establece una cuantía específica para kilometraje, remitiéndose a la legislación fiscal vigente. Por tanto, aplica el máximo exento de 0,26€/km que fija el IRPF. Es obligatorio que la empresa te compense cuando te exige usar tu vehículo particular para desplazamientos laborales justificados. Necesitas: orden escrita del desplazamiento, justificante del motivo (convocatoria, citación) y registro de kilómetros con origen-destino claro.

Las empresas pueden mejorar este importe por acuerdo voluntario o convenio de empresa. Si superan 0,26€/km, la diferencia sí tributará como salario normal. Si tu empresa no te paga kilometraje estando obligada, puedes reclamarlo mediante escrito al departamento de personal con copia al comité de empresa. Prescribe a los 4 años según el Estatuto de los Trabajadores, pudiendo reclamar atrasos justificados.

Preguntas frecuentes: Kilometraje para Conductor/a de Autobús

¿Tengo derecho al Kilometraje en mi nómina siendo Conductor/a de Autobús?
Sí, tienes derecho cuando tu empresa te exige usar tu vehículo particular para desplazamientos laborales. Casos típicos: asistir a cursos CAP obligatorios fuera de tu cochera, acudir a reconocimientos médicos laborales en centros externos, o desplazamientos entre bases operativas cuando no hay transporte de empresa disponible. No aplica para tus trayectos casa-trabajo habituales, solo para desplazamientos excepcionales justificados. Según el Convenio de Transporte Urbano, la empresa debe compensarte económicamente estos gastos. Necesitas documentar cada desplazamiento: convocatoria escrita, kilómetros recorridos (origen-destino) y motivo laboral acreditado. El derecho existe aunque tu empresa no lo aplique voluntariamente.
¿Cuánto cobro exactamente de Kilometraje como Conductor/a de Autobús?
Cobras 0,26 euros por cada kilómetro recorrido con tu vehículo particular en desplazamientos laborales justificados durante 2026. Ejemplo concreto: si asistes a una formación CAP a 35 km de tu cochera, el recorrido completo (ida y vuelta) suma 70 km. Multiplicado por 0,26€: recibes 18,20€ limpios en tu nómina de ese mes. Si durante el año acumulas 1.200 km en desplazamientos justificados (formaciones, médicos, traslados excepcionales), cobrarías 312€ anuales adicionales sin descuentos. Este importe aparece en el apartado de Percepciones No Salariales de tu nómina. Para cobrarlo, debes presentar una hoja de gastos mensual con fecha, origen, destino, kilómetros y motivo, firmada por tu responsable de tráfico o recursos humanos.
¿Cómo me afecta el Kilometraje si trabajo en turno nocturno o festivos como Conductor/a de Autobús?
El kilometraje funciona igual independientemente de tu turno de trabajo (diurno, nocturno o partido). No existe incremento en la tarifa de 0,26€/km por desplazamientos nocturnos o festivos, a diferencia del plus de nocturnidad o festivos que sí cobras en tu salario base. Lo que sí puede ocurrir: si trabajas turnos rotativos y te convocan a una formación en tu día de descanso, tienes derecho al kilometraje más la compensación por asistir fuera de tu horario laboral (según convenio). En empresas con servicio 24/7, los desplazamientos a reconocimientos médicos obligatorios suelen programarse en horario compatible, pero si coincide con tu descanso, exige compensación adicional. El kilometraje compensa únicamente el gasto del vehículo, no el tiempo invertido en el desplazamiento, que debería computarse como tiempo de trabajo efectivo.
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