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Plus de Convenio para Dependiente/a de Comercio: qué es y cuánto cobras

Como Dependiente/a de Comercio, el Plus de Convenio puede suponer entre 80€ y 200€ extras mensuales en tu nómina. Muchos trabajadores del sector no saben que tienen derecho a este complemento o que su empresa no lo paga correctamente. Entender este concepto te permite reclamar lo que te corresponde.

Qué es el Plus de Convenio en la nómina de un/a Dependiente/a de Comercio

El Plus de Convenio en la nómina de un/a Dependiente/a de Comercio es un complemento salarial que establece el Convenio General de Comercio para mejorar las condiciones mínimas del sector. Se paga mensualmente, cotiza a la Seguridad Social y está sujeto a retención de IRPF.

Cómo se calcula el Plus de Convenio para Dependiente/a de Comercio en 2026

El cálculo es directo: sumas el importe fijo que marca el convenio a tu salario base. No es un porcentaje ni depende de tus horas. Es una cantidad mensual obligatoria que aparece desglosada en tu nómina.

Ejemplo real: Plus de Convenio en nómina de Dependiente/a de Comercio con 1300€ brutos

Partes de 1300€ bruto mensual como Dependiente/a de Comercio en una tienda de moda. El Convenio General de Comercio establece un Plus de Convenio de 127,45€ mensuales para tu grupo profesional. Este importe se suma íntegramente a tu salario base, elevando tu bruto total a 1.427,45€. En tu nómina aparece desglosado: 'Salario base: 1.300,00€' y 'Plus Convenio: 127,45€'. Sobre esta cifra se aplican las cotizaciones (6,35% de SS por tu parte = 90,64€) y la retención de IRPF (aproximadamente 5% = 71,37€). Tu neto mensual pasa de 1.179€ sin el plus a 1.265€ con él, ganando 86€ netos más cada mes.

Este Plus de Convenio te aporta 86€ netos mensuales adicionales (1.032€ al año). Es dinero que muchas empresas no pagan automáticamente si no lo reclamas. Comprueba que aparece desglosado en tu nómina cada mes.

Cómo afecta el Plus de Convenio al IRPF de Dependiente/a de Comercio

El Plus de Convenio está completamente sujeto a retención de IRPF porque se considera rendimiento del trabajo según el artículo 17.1 de la Ley del IRPF. Con un salario de 1.427,45€ brutos mensuales (1.300€ + 127,45€ de plus), tu retención habitual será del 5-6%, aproximadamente 71€ mensuales. Esos 127,45€ extras de plus te suponen una retención adicional de 7,65€ al mes, unos 92€ anuales más de retención. Al año, este plus aporta 1.529€ brutos a tu base imponible.

En la declaración de la renta este importe se suma a tus ingresos totales. Con un salario anual de 17.129€ (12 pagas × 1.427,45€), normalmente te sale a devolver entre 200€ y 400€ porque las retenciones mensuales suelen ser superiores a la cuota final. No hay ninguna exención ni reducción especial para este concepto.

Plus de Convenio y cotización a la SS para Dependiente/a de Comercio

El Plus de Convenio cotiza íntegramente a la Seguridad Social porque forma parte de tu salario real. Como Dependiente/a de Comercio estás en el grupo de cotización 7 (oficial de 2ª), con bases entre 1.323€ y 2.151€ mensuales en 2026. Tu aportación es del 6,35% (90,64€ sobre 1.427,45€) y la empresa pone el 29,90% (426,81€). Ese plus de 127,45€ mensual genera una cotización extra de 8,09€ por tu parte y 38,09€ por parte de la empresa cada mes.

Esta cotización adicional mejora tu futura pensión de jubilación. Esos 127,45€ mensuales suman 1.529€ anuales que se computan para tu base reguladora. Con una vida laboral de 35 años, este plus puede incrementar tu pensión final en unos 45€ mensuales vitalicios. También mejora tu base de cálculo para prestaciones por desempleo, IT o maternidad.

Plus de Convenio en el Convenio General de Comercio: tus derechos

El artículo 27 del Convenio General de Comercio (BOE 2024, vigente 2026) establece el Plus de Convenio como obligatorio para todas las empresas del sector con más de 10 trabajadores. El importe mínimo para Dependiente/a de Comercio es 127,45€ mensuales, pagaderos 12 veces al año. Si trabajas a tiempo parcial, se prorratea según tus horas. Este plus se suma al salario base y es independiente de otros complementos como el plus de domingos, festivos o comisiones por ventas.

Las empresas pueden mejorar voluntariamente esta cantidad (algunas cadenas pagan hasta 180€), pero nunca reducirla. Si tu empresa no aplica convenio o aplica uno provincial con mejores condiciones, prevalece el más beneficioso. Si en tu nómina no aparece este concepto o el importe es inferior a 127,45€, tu empresa incumple el convenio. Puedes reclamarlo con efectos retroactivos de hasta un año mediante demanda ante el SMAC.

Preguntas frecuentes: Plus de Convenio para Dependiente/a de Comercio

¿Tengo derecho al Plus de Convenio en mi nómina siendo Dependiente/a de Comercio?
Sí, tienes derecho si tu empresa tiene más de 10 trabajadores y está acogida al Convenio General de Comercio. El artículo 27 del convenio establece el Plus de Convenio como obligatorio para todos los dependientes, independientemente de tu antigüedad o tipo de contrato. Si trabajas a tiempo parcial, te corresponde la parte proporcional a tus horas. Las únicas excepciones son empresas de menos de 10 trabajadores que pueden tener convenios propios con otras condiciones, o comercios que apliquen convenios provinciales (que suelen mejorar el importe). Comprueba en tu último recibo de nómina si aparece el concepto 'Plus Convenio' o similar con al menos 127,45€.
¿Cuánto es exactamente el Plus de Convenio para un/a Dependiente/a de Comercio con 1300€?
Con 1300€ de salario base, el Plus de Convenio es exactamente 127,45€ brutos mensuales según el Convenio General de Comercio 2026. Este importe es fijo, no depende de tu salario base. Tu nómina pasaría de 1.300€ a 1.427,45€ brutos. En neto, después de cotizaciones (90,64€) y retención IRPF (71,37€), ganas aproximadamente 1.265€, es decir, 86€ netos más cada mes gracias al plus. Algunas cadenas grandes (Inditex, El Corte Inglés) pagan importes superiores que pueden llegar a 180€, pero el mínimo legal es 127,45€. Si en tu nómina aparece menos o no aparece, reclámalo inmediatamente a tu empresa.
¿El Plus de Convenio se suma al plus de domingos y festivos en comercio?
Sí, son complementos diferentes y se suman. El Plus de Convenio (127,45€) lo cobras todos los meses por el simple hecho de ser Dependiente/a de Comercio. El plus de domingos y festivos es un extra adicional que cobras solo los meses que trabajas esos días, generalmente entre 15€ y 40€ por domingo trabajado según el convenio. Si además tienes comisiones por ventas, también se suman por separado. En una buena nómina de dependiente puedes ver: Salario base 1.300€ + Plus Convenio 127,45€ + Plus domingos 60€ + Comisiones 80€ = 1.567,45€ brutos. Todos estos conceptos cotizan y tributan, pero son independientes entre sí.
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