Plus de Peligrosidad para Policía Nacional/Local: cuánto cobras en 2026
Como Policía Nacional o Local, el Plus de Peligrosidad representa un complemento salarial clave que reconoce los riesgos inherentes a tu trabajo. Entender cómo se calcula, cuánto cotiza y su impacto en tu neto mensual es fundamental para verificar que cobras correctamente lo que te corresponde.
Qué es el Plus de Peligrosidad en la nómina de Policía
El Plus de Peligrosidad en la nómina de un Policía Nacional/Local es un complemento salarial que retribuye el riesgo físico real y constante al que te enfrentas durante tu jornada laboral. Este plus reconoce situaciones de riesgo para tu integridad física inherentes a las funciones policiales.
Cómo calcular el Plus de Peligrosidad para Policía en 2026
El cálculo no sigue una fórmula porcentual sobre el salario base, sino que es una cantidad fija mensual establecida en tu RPT o en las tablas retributivas del cuerpo. Para un Policía con salario de 2400€ brutos mensuales, el plus habitual ronda el 10-12% del sueldo base.
Ejemplo real: Plus de Peligrosidad para Policía Local con 2400€ brutos
Salario bruto mensual: 2400€. Plus de Peligrosidad establecido en RPT: 280€ mensuales (cantidad fija típica en municipios de más de 50.000 habitantes). Este importe se suma directamente a tu nómina como complemento específico. Sobre estos 280€ se aplica retención IRPF del 18% aproximadamente (50,40€) y cotización SS del 6,35% (17,78€). El neto que recibes por este concepto es de 211,82€ mensuales. En tu nómina verás la línea 'Plus Peligrosidad: 280,00€' en el apartado de devengos salariales, junto al salario base y otros complementos como trienios o plus de nocturnidad.
Con el Plus de Peligrosidad de 280€, tu salario neto mensual aumenta en 211,82€ reales. Al año supone 2.541,84€ netos adicionales, que elevan tu salario anual de aproximadamente 28.800€ brutos a 32.160€ brutos, mejorando además tu base de cotización para pensión y prestaciones.
Impacto del Plus de Peligrosidad en tu IRPF como Policía
El Plus de Peligrosidad tributa íntegramente en IRPF como rendimiento del trabajo. Con un salario total de 32.160€ anuales (2400€×12 + 280€×14 pagas del plus), te sitúas en el tramo del 24% estatal más el autonómico correspondiente. En la práctica, la retención mensual aplicada sobre los 280€ del plus ronda el 18-20%, lo que supone 50-56€ mensuales retenidos. Al año, de los 3.920€ brutos del plus, pagas aproximadamente 705€ en IRPF, quedándote con 3.215€ netos del plus anualmente.
En tu declaración anual no hay exenciones específicas para este complemento. Se suma al resto de tus ingresos y tributa según la escala general. Si tienes gastos deducibles (hipoteca, guardería, aportaciones a planes de pensiones), el impacto fiscal se reduce proporcionalmente. El plus aumenta tu base imponible, pero también mejora tu capacidad de deducciones al tener mayor renta.
Cotización a Seguridad Social del Plus de Peligrosidad
El Plus de Peligrosidad cotiza completamente a la Seguridad Social. Como funcionario de carrera o interino en cuerpos policiales, perteneces al Régimen General grupo 3 (titulados de grado o equivalente). Cotizas el 6,35% de tu salario bruto total incluyendo el plus. Sobre 280€ mensuales, aportas 17,78€ a la SS. Tu empleador (Estado o Ayuntamiento) cotiza adicionalmente el 23,60%, es decir, 66,08€ mensuales más por este concepto.
Esta cotización aumenta tu base reguladora para la futura pensión de jubilación. Con el plus, tus bases de cotización son 280€ superiores cada mes, lo que al aplicar el sistema de cálculo de pensiones puede incrementar tu pensión mensual en aproximadamente 45-60€ adicionales al jubilarte. También mejora las bases para incapacidad temporal o permanente, siendo un blindaje económico real ante contingencias laborales.
Plus de Peligrosidad según Estatuto Funcionarios: tus derechos
El Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007, art. 24) establece que tendrás derecho a complemento específico por peligrosidad cuando tu puesto implique especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad o peligrosidad. En cuerpos policiales este plus es obligatorio, no opcional. Para Policía Nacional, el RD 950/2005 fija las cuantías mínimas anuales que se actualizan con Presupuestos Generales del Estado. En Policía Local, cada ayuntamiento debe incluirlo en su RPT con cuantía mínima del 10% del sueldo base según jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo.
Si tu ayuntamiento o cuerpo no te abona este plus estando en un puesto de riesgo real, puedes reclamarlo ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Muchos ayuntamientos mejoran el mínimo legal, llegando hasta 400€ mensuales en grandes ciudades. La empresa no puede suprimirlo unilateralmente una vez reconocido, pues forma parte de tus condiciones retributivas consolidadas según sentencias del TS (STS 3425/2018).
Preguntas frecuentes sobre Plus de Peligrosidad para Policía
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