Plus de Turnicidad en Policía Nacional y Local: calcula tu complemento 2026
Como agente de Policía trabajas en turnos rotativos que afectan tu vida personal y salud. El Plus de Turnicidad compensa estos cambios de horario, pero muchos agentes desconocen si cobran lo correcto o cómo impacta en su nómina neta mensual.
Qué es el Plus de Turnicidad en la nómina de Policía
El Plus de Turnicidad en la nómina de un Policía Nacional o Local es un complemento salarial que retribuye la rotación de turnos (mañana, tarde y noche) en el servicio policial. Compensa el desgaste físico y la desorganización familiar que supone trabajar en horarios cambiantes cada semana o quincena.
Cómo se calcula el Plus de Turnicidad para Policía en 2026
El cálculo parte de tu salario base más antigüedad. Se aplica un porcentaje fijo (normalmente 15-20% del salario base) o una cantidad predeterminada según tu categoría profesional y el acuerdo retributivo vigente en tu cuerpo policial.
Ejemplo real: Plus de Turnicidad en nómina de Policía con 2.400€ brutos
Agente de Policía Local con salario base 1.650€ + complemento de destino 420€ + complemento específico 330€ = 2.400€ brutos mensuales. El Plus de Turnicidad se calcula sobre el salario base: 1.650€ × 12% = 198€/mes (porcentaje estándar en ayuntamientos medianos). En Policía Nacional, con estructura similar, se aplica 180-220€ según el Acuerdo de retribuciones 2026. Este importe aparece en tu nómina como línea independiente en 'Complementos'. Si trabajas 12 meses, supone 2.376€ anuales brutos adicionales. Cotiza a la Seguridad Social y tributa en IRPF como cualquier salario, sin exenciones.
De esos 198€ brutos mensuales, tras retención IRPF (15-18% para este nivel salarial) y cotizaciones SS (6,35%), recibes aproximadamente 150-155€ netos al mes. Son 1.800€ netos extra al año que compensan tu rotación de turnos.
Cómo afecta el Plus de Turnicidad al IRPF de Policía
El Plus de Turnicidad tributa como rendimiento del trabajo sin exenciones. Con 2.400€ mensuales (28.800€ anuales), tu base imponible general incluye los 2.376€ anuales del plus. Aplicando el tramo autonómico medio, pagas 15-18% de IRPF sobre este complemento: unos 356-428€ anuales en retenciones. Tu empresa retiene mensualmente sobre los 198€, aplicando el porcentaje de tu situación personal (soltero sin hijos: 18%; casado con 2 hijos: 12-14%).
En la declaración anual, este plus se suma a tus demás rendimientos. No genera derecho a deducciones específicas. Si tienes varios pagadores (academia, servicios extraordinarios), vigila que la retención sea suficiente para evitar pagar más en la Renta. El plus incrementa ligeramente tu tipo marginal, pero al ser cuantías moderadas rara vez te hace saltar de tramo fiscal.
Plus de Turnicidad y cotización a Seguridad Social para Policía
Este plus cotiza al 100% en el Régimen General de la Seguridad Social. Como Policía Local cotizas en el grupo 5 (trabajadores cualificados); Policía Nacional tiene régimen de clases pasivas pero cotización similar para IT y desempleo. Sobre los 198€ mensuales del plus pagas 6,35% de cotización (12,57€/mes), y tu empleador paga 31,10% (61,58€/mes). Estos 12,57€ salen de tu nómina antes del neto.
Esta cotización aumenta tu base reguladora para pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. En 35 años de carrera, los 2.376€ anuales extra suman 83.160€ a tu base de cotización acumulada, lo que puede incrementar tu pensión futura en 30-45€ mensuales según el índice de revalorización. También computa para el subsidio por IT (baja médica) y prestación por desempleo si pierdes tu plaza.
Plus de Turnicidad según Estatuto y convenios policiales 2026
El EBEP art. 24 establece que los complementos específicos retribuyen condiciones especiales del puesto, incluyendo turnicidad. En Policía Nacional, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28/12/2025 fija cuantías concretas según escalas (180€ para Policía, 220€ para Oficiales). En Policía Local, cada ayuntamiento negocia mediante acuerdo plenario o convenio colectivo del personal funcionario, respetando mínimos del Real Decreto 861/1986 sobre régimen retributivo. Es obligatorio si tu puesto tiene rotación de turnos efectiva documentada en el catálogo de puestos.
Tu ayuntamiento o el Ministerio del Interior pueden mejorar estas cuantías, pero nunca rebajarlas si existe rotación real. Si trabajas turnos rotativos y no lo cobras, puedes reclamarlo mediante escrito al departamento de Personal citando el catálogo de tu puesto. El incumplimiento permite reclamación retroactiva de hasta 4 años según la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
Preguntas frecuentes: Plus de Turnicidad para Policía
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