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Retención IRPF en la nómina de Abogado/a: qué te descuentan y por qué

Si trabajas como abogado/a por cuenta ajena, la retención de IRPF es el concepto que más reduce tu sueldo neto cada mes. Entender cómo se calcula te permite saber si te retienen de más y cuánto te devolverá Hacienda en la declaración de la Renta.

Qué es la retención de IRPF en la nómina de un/a Abogado/a

La retención de IRPF en la nómina de un/a Abogado/a es un anticipo obligatorio del Impuesto sobre la Renta que tu despacho o empresa descuenta cada mes de tu salario bruto y transfiere directamente a Hacienda, calculado según tus circunstancias personales y el artículo 99 de la LIRPF.

Cómo se calcula la retención de IRPF para un/a Abogado/a en 2026

La retención se calcula aplicando un porcentaje sobre tus rendimientos del trabajo (salario bruto menos Seguridad Social y gastos deducibles). El porcentaje lo determina Hacienda según las tablas de retención vigentes en 2026 y tus circunstancias personales del modelo 145.

Ejemplo real: Retención IRPF en nómina de Abogado/a con 2500€ brutos

Salario bruto mensual: 2500€. Cotización a la Seguridad Social (6,35%): 158,75€. Base de retención: 2341,25€. Con un salario anual de 30.000€ brutos (2500€ × 12 pagas), sin hijos ni discapacidad, la retención aplicable en 2026 es aproximadamente del 12,17% según las tablas oficiales. Retención mensual: 2341,25€ × 12,17% = 285€. Si cobras pagas extras prorrateadas, la retención sube ligeramente. Si en un mes facturas 800€ extra por un caso cerrado, ese mes tu base será mayor y la retención puede alcanzar los 420€, porque Hacienda proyecta ese ingreso anualmente. En tu nómina verás: Bruto 2500€ - SS 158,75€ - IRPF 285€ = Neto 2056,25€.

La retención de IRPF te resta entre 285€ y 380€ mensuales según tus circunstancias personales. Es el descuento fiscal más importante de tu nómina. Si tienes hijos o pareja sin ingresos, puedes reducir este importe actualizando el modelo 145 en tu empresa.

Cómo afecta la retención de IRPF a la declaración de un/a Abogado/a

Con un salario de 2500€ brutos mensuales (30.000€ anuales), te habrán retenido aproximadamente 3420€ al año en concepto de IRPF. En la declaración de la Renta 2026, Hacienda calcula tu cuota tributaria real según todos tus ingresos, deducciones por vivienda, aportaciones a planes de pensiones y circunstancias familiares. Si tu cuota real es inferior a lo retenido, recibes la diferencia como devolución. Con ese salario y sin otras rentas, el tramo marginal aplicable es del 30% (entre 20.200€ y 35.200€ de base liquidable en 2026), pero la cuota efectiva tras deducciones suele ser menor que las retenciones acumuladas.

Si has cobrado bonus importantes o horas extra concentradas en pocos meses, es habitual que te hayan retenido de más, porque el sistema calcula como si ese ingreso fuera recurrente todo el año. En esos casos, la devolución en junio puede superar los 800€. Por el contrario, si tienes ingresos por ejercicio libre de la profesión además del trabajo por cuenta ajena, deberás sumar ambos rendimientos y la retención de nómina puede ser insuficiente, resultando un importe a pagar.

Retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social para Abogado/a

La retención de IRPF NO cotiza a la Seguridad Social porque no es un concepto retributivo, sino un descuento fiscal. Los abogados por cuenta ajena cotizan en el grupo 1 de cotización (ingenieros y licenciados) con una base entre 1629€ y 4495€ mensuales en 2026. Del salario bruto de 2500€, cotizas aproximadamente 158,75€ (6,35% a cargo del trabajador) que SÍ reduce tu base de retención de IRPF. La empresa aporta adicionalmente un 29,90% (747,50€) que no aparece en tu nómina pero forma parte del coste laboral.

Esta cotización sí impacta en tu futura pensión de jubilación y en prestaciones por desempleo, incapacidad temporal o maternidad/paternidad. Con una base de 2500€ durante 35 años de carrera, tu pensión estimada rondaría los 1950€ mensuales en 2061, aunque el sistema de cálculo cambiará. La retención de IRPF no afecta a estos derechos, pero sí reduce tu liquidez mensual disponible.

Retención IRPF en el Convenio de Despachos de Abogados: qué debes saber

El Convenio de Despachos de Abogados no establece porcentajes ni mínimos de retención de IRPF, porque esta obligación la regula íntegramente la Ley del IRPF (art. 99) y las tablas anuales de retenciones de la AEAT. Lo que sí regula el convenio son los conceptos salariales que forman la base sobre la que se aplica la retención: salario base según categoría profesional (desde 1200€ para auxiliares administrativos hasta 2800€ para letrados senior), plus de disponibilidad, horas extra y bonus por objetivos de facturación. Tu empresa está obligada a calcular la retención correctamente y a ingresarla antes del día 20 del mes siguiente mediante el modelo 111.

Algunos despachos mejoran la situación fiscal de sus abogados ofreciendo retribución flexible (tarjeta restaurante, seguro médico, formación), que reduce la base sujeta a retención sin incumplir el convenio. Si tu empresa no aplica correctamente tu retención o no actualiza el modelo 145 que has entregado, puedes reclamar y, en la Renta, Hacienda te devolverá lo retenido de más, aunque hayas pagado ese año con menos liquidez mensual.

Preguntas frecuentes: Retención IRPF para Abogado/a

¿Tengo derecho a que no me retengan IRPF en mi nómina siendo Abogado/a?
No tienes derecho a evitar la retención de IRPF si eres trabajador por cuenta ajena, porque es una obligación legal establecida en el artículo 99 de la LIRPF. Tu empresa está obligada a retenerte y a ingresar ese importe en Hacienda. Sin embargo, puedes reducir legalmente el porcentaje de retención comunicando a tu despacho mediante el modelo 145 tus circunstancias personales actualizadas: hijos, cónyuge sin ingresos, discapacidad, hipoteca con deducción (compras anteriores a 2013) o situación de familia numerosa. Si tu salario anual no supera los 15.000€ brutos y es tu único ingreso, la retención puede ser del 0%. El Convenio de Despachos de Abogados no exime de esta obligación fiscal a ninguna categoría profesional.
¿Cuánto IRPF me retienen exactamente como Abogado/a con 2500€ brutos?
Con un salario de 2500€ brutos mensuales sin pagas extras prorrateadas y sin circunstancias familiares especiales, te retienen aproximadamente 285€ al mes (un 12,17% sobre tu base de retención de 2341€ tras descontar la Seguridad Social). Si tienes dos pagas extras anuales de 2500€ cada una, tu salario anual es de 35.000€ brutos y la retención sube al 15,68%, lo que supone unos 367€ mensuales. Con un hijo a cargo, la retención baja al 10,35% (242€/mes). Con dos hijos, al 8,75% (205€/mes). Si además tienes cónyuge sin ingresos, puede reducirse hasta el 6,50% (152€/mes). Estos cálculos son aproximados según las tablas de retención 2026; tu empresa aplica el porcentaje exacto mediante su software de nóminas basándose en el modelo 145 que hayas entregado.
¿Cómo afectan los bonus y horas extra a mi retención de IRPF como Abogado/a?
Los bonus por casos cerrados, objetivos de facturación y las horas extra facturables aumentan significativamente tu retención de IRPF ese mes, porque el sistema de cálculo proyecta ese ingreso puntual como si fuera tu salario recurrente durante todo el año. Si un mes cobras 2500€ de salario base más 1200€ de bonus, tu base de retención sube a 3700€ y la retención puede alcanzar los 680€ ese mes (en lugar de los 285€ habituales). Es legal y correcto, pero genera un efecto de "sobreretención" que Hacienda te devolverá en la declaración de la Renta. En el sector jurídico, donde el 40% de los letrados cobra al menos un bonus anual según el convenio, esto provoca que la devolución media en la Renta supere los 950€. No puedes evitar esta retención extra, pero sí planificar tu liquidez sabiendo que ese dinero volverá en junio del año siguiente.
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