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Retención IRPF para Conductor/a de Camión: cuánto te retienen realmente

Como conductor de camión, entender tu retención IRPF es clave porque afecta directamente a tu nómina mensual. Con dietas exentas, pluses nocturnos y kilometraje, tu retención puede ser menor de lo que imaginas si sabes cómo funcionan estos conceptos en el sector del transporte.

Qué es la Retención IRPF en la nómina de un Conductor

La Retención IRPF en la nómina de un conductor de camión es el adelanto que tu empresa descuenta mensualmente de tu salario bruto para pagar tu impuesto sobre la renta. Este porcentaje lo calcula Hacienda según tus ingresos, situación familiar y circunstancias personales, y lo regula el artículo 99 de la LIRPF.

Cómo se calcula la Retención IRPF para conductores en 2026

Hacienda aplica un porcentaje sobre tu base de retención (salario bruto menos cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos exentos). Para un conductor con 1900€ brutos mensuales sin dietas, el porcentaje típico está entre el 8% y el 12%, dependiendo de tu situación familiar.

Ejemplo real: Retención IRPF en nómina de Conductor con 1900€ brutos

Partimos de 1900€ de salario bruto mensual. Primero restamos las cotizaciones a la Seguridad Social (grupo 6 de cotización para conductores): aproximadamente 123,50€ (6,5% del bruto). La base de retención queda en 1776,50€. Si eres soltero sin hijos, Hacienda aplica aproximadamente un 10% de retención sobre esa base: 177,65€ al mes. Si cobras dietas exentas (ejemplo: 30€ diarios x 20 días = 600€ exentos), tu base de retención baja a 1176,50€ y la retención a unos 117,65€. En tu nómina verás este importe en la sección de deducciones, restado de tu bruto junto con la Seguridad Social.

Sin dietas exentas, tu neto mensual sería aproximadamente 1598,85€ (1900 - 123,50 SS - 177,65 IRPF). Con 600€ de dietas exentas al mes, tu neto sube a 2258,85€ (2500 bruto total - 123,50 SS - 117,65 IRPF). La diferencia es sustancial.

Impacto de la Retención IRPF en tu declaración de la renta

Con 1900€ brutos mensuales (22.800€ anuales), un conductor soltero sin hijos tributa en el tramo del 19% en el IRPF estatal más el autonómico (variable según comunidad, entre 9,5% y 12%). La retención mensual aproximada del 10% supone unos 2.132€ retenidos al año. Cuando haces la declaración en abril-mayo de 2027, Hacienda calcula tu cuota real: si tienes gastos deducibles (plan de pensiones, alquiler en algunas comunidades), es probable que te devuelvan entre 200€ y 600€ de lo retenido.

Las dietas exentas son clave aquí: no tributan ni en la retención mensual ni en la declaración anual si están dentro de los límites legales (53,34€/día sin pernocta, 91,35€/día con pernocta en España). Si tu empresa te retiene sobre ellas incorrectamente, pagarás IRPF de más durante el año y tendrás que reclamarlo en la declaración, perdiendo liquidez mensual innecesariamente.

Retención IRPF y cotización a la Seguridad Social para conductores

La retención IRPF NO cotiza a la Seguridad Social: son dos conceptos independientes. Como conductor de camión, cotizas en el Grupo 6 de cotización (ayudantes no titulados) o Grupo 5 (oficiales de segunda) según tu categoría profesional. El 6,5% de tu salario bruto va a la SS (empresa pone el 29,9% adicional). Sobre los 1900€ brutos, pagas unos 123,50€ mensuales a la Seguridad Social, que sí computan para tu futura pensión.

La retención IRPF (esos 177,65€ del ejemplo) es solo un adelanto fiscal que no aumenta tu cotización ni mejora tu pensión. Lo que sí afecta a tu jubilación es tu base de cotización: con 1900€ brutos, cotizas por esa cantidad (si no superas el tope máximo de 4.720,50€ en 2026), lo que te dará una pensión aproximada del 60-70% de esa base tras 35-37 años cotizados, unos 1.140-1.330€ mensuales estimados.

Retención IRPF según el Convenio de Transporte de Mercancías

El Convenio Colectivo Nacional de Transporte de Mercancías por Carretera 2026 no establece obligaciones específicas sobre el porcentaje de retención IRPF porque es competencia exclusiva de la normativa fiscal (LIRPF). Lo que sí regula son los conceptos salariales que afectan a tu retención: el plus de nocturnidad (mínimo 30% sobre salario base según artículo 34 del convenio), complemento de peligrosidad, y el régimen de dietas. Todas las empresas deben aplicar estos mínimos, y la retención IRPF se calcula después sobre la suma de todos estos conceptos.

Las empresas pueden mejorar estos pluses voluntariamente, lo que aumentaría tu salario bruto pero también tu retención IRPF. Si tu empresa no te paga el plus de nocturnidad obligatorio o te retiene IRPF sobre dietas que deberían estar exentas (según límites LIRPF art. 9), estás ante un incumplimiento que puedes reclamar. Revisa que las dietas en tu nómina aparezcan correctamente como 'exentas' y no computen para la retención.

Preguntas frecuentes: Retención IRPF para Conductores de Camión

¿Tengo derecho a que me retengan menos IRPF siendo conductor de camión?
Sí, tienes derecho a que te retengan solo sobre los conceptos que tributan en IRPF. Las dietas exentas (hasta 53,34€ diarios sin pernocta según LIRPF art. 9) NO deben computar para la retención. Si tu empresa te paga dietas dentro de estos límites y aun así te las incluye en la base de retención, está reteniendo de más. Puedes solicitar a tu empresa que corrija el cálculo presentando el modelo 145 actualizado con tus circunstancias personales (hijos, discapacidad, hipoteca antes de 2013), lo que puede reducir tu porcentaje de retención entre 1 y 3 puntos. También si pagas pensión compensatoria o tienes ascendientes a tu cargo, Hacienda reduce tu retención mensual aplicando esos mínimos personales y familiares.
¿Cuánto es exactamente la retención IRPF para un conductor con 1900€?
Para un conductor soltero sin hijos con 1900€ brutos mensuales sin dietas exentas, la retención suele ser de 177-185€ al mes (aproximadamente 9-10% del bruto). Esto supone 2.124-2.220€ al año. Si tienes cónyuge sin ingresos, baja a unos 120-130€ mensuales (6-7%). Con dos hijos, puede reducirse hasta 80-90€ mensuales (4-5%). Si además cobras 600€ mensuales en dietas exentas correctamente documentadas, tu base de retención baja significativamente: en lugar de retener sobre 1900€, retienes sobre 1300€ (tras descontar SS y dietas), y tu retención cae a unos 90-100€ mensuales. La diferencia entre aplicar correctamente las exenciones o no puede suponerte 1.000€ más netos al año.
¿El plus de nocturnidad y el kilometraje tributan en IRPF?
El plus de nocturnidad SÍ tributa completamente en IRPF y, por tanto, aumenta tu base de retención. Si cobras 500€ de plus nocturno mensual, se suma a tu salario base para calcular la retención. El kilometraje depende de cómo lo pague tu empresa: si es una compensación por uso de vehículo propio, está exento hasta 0,26€/km según LIRPF (Hacienda actualiza esta cifra anualmente). Si tu empresa te paga 0,30€/km y haces 2.000 km al mes, 520€ están exentos y 80€ tributan. Si el camión es de la empresa y te pagan 'kilometraje' como plus salarial, tributa al 100%. Revisa tu nómina: debe aparecer claramente si el concepto es 'compensación km vehículo propio exento' o 'plus kilometraje'. Esta diferencia puede ahorrarte 15-25€ mensuales en retención IRPF si lo tienes correctamente clasificado.
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