Retención IRPF para Comercial: calcula tu nómina real en 2026
Como comercial trabajas con salario fijo más comisiones, dietas y plus por objetivos. Tu retención de IRPF varía cada mes según tus ingresos totales, lo que complica saber cuánto cobrarás realmente. Te explicamos cómo calcularla exactamente para anticipar tu nómina neta.
Qué es la retención IRPF en la nómina de un comercial
La retención IRPF en la nómina de un comercial es el porcentaje que tu empresa descuenta mensualmente de tus ingresos brutos (salario fijo más comisiones y variables) para adelantar el pago del Impuesto sobre la Renta a Hacienda, según el artículo 99 de la LIRPF.
Cómo se calcula la retención IRPF para un comercial en 2026
Tu empresa aplica el porcentaje de retención sobre tus ingresos brutos totales del mes (fijo + comisiones + variables). Este porcentaje lo determina Hacienda según tus ingresos anuales estimados, situación personal y número de hijos.
Ejemplo real: retención IRPF en nómina de comercial con 1400€ brutos
Supongamos que cobras 1.000€ de salario base más 400€ en comisiones este mes, totalizando 1.400€ brutos. Eres soltero sin hijos. Hacienda estima que ganarás unos 19.600€ anuales (14 pagas × 1.400€). Según la tabla de retenciones 2026, te corresponde aproximadamente un 10,5% de retención. Tu empresa descontará 147€ de IRPF este mes (1.400€ × 10,5% = 147€). En tu nómina verás: Salario bruto: 1.400€ / Seguridad Social (6,35%): -88,90€ / Retención IRPF: -147€ / Salario neto: 1.164,10€. Si el próximo mes tus comisiones suben a 600€, tu retención aumentará proporcionalmente porque tu bruto mensual será mayor.
La retención IRPF te reduce tu nómina neta mensual entre 140-180€ aproximadamente con ingresos de 1.400€, pero es un adelanto: si retienes de más durante el año, Hacienda te lo devuelve en la declaración de la renta.
Cómo afecta la retención IRPF a la declaración de un comercial
Con 1.400€ brutos mensuales (19.600€ anuales en 14 pagas), te sitúas en el primer tramo del IRPF que grava hasta 12.450€ al 19% y el excedente hasta 20.200€ al 24%. Tu retención anual rondará los 2.058€ (147€ × 14 meses). En la declaración de la renta de abril 2027, Hacienda calculará tu cuota exacta: si tuviste gastos deducibles (cuotas sindicales, donaciones, alquiler de vivienda habitual) o tu situación personal cambió (nacimiento hijo, matrimonio), es probable que recuperes entre 200-400€. Si tus comisiones fueron irregulares y algunos meses cobraste más, puede que debas pagar algo.
La retención no tiene exención ni total ni parcial para comerciales con salario ordinario. Sin embargo, las dietas por desplazamiento están exentas de IRPF hasta 26,67€/día en territorio nacional con pernocta (53,34€ en extranjero), y el kilometraje está exento hasta 0,19€/km si lo justificas correctamente. Estos importes exentos no tributan ni se incluyen en tu base de retención, reduciendo tu tipo aplicado.
Retención IRPF y cotización a la Seguridad Social para comerciales
La retención IRPF no cotiza a la Seguridad Social porque es un impuesto directo, no una contribución social. Sin embargo, todos tus ingresos brutos (fijo, comisiones, plus objetivos) sí cotizan a la SS. Como comercial, habitualmente cotizas en el Grupo 5 de cotización (Administrativos y similares) o Grupo 7 (Auxiliares administrativos) según tu categoría profesional en convenio, con una base de cotización que en 2026 para 1.400€ brutos será exactamente esa cantidad. Cotizas el 6,35% en concepto de contingencias comunes (88,90€/mes), más desempleo (1,55%: 21,70€/mes) y formación profesional (0,10%: 1,40€/mes).
Estas cotizaciones impactan directamente en tu futura pensión de jubilación. Con 1.400€ de base, acumulas aproximadamente 14,70€ de base reguladora mensual para tu pensión. En 35 años de cotización continua, generarías una pensión estimada de unos 950€/mes (el 68% de tu base). Cuanto más altas sean tus comisiones y mayor tu base de cotización, mejor pensión tendrás, porque la SS calcula tu prestación sobre los últimos 25 años cotizados.
Retención IRPF en el Convenio de Comercio: tus derechos laborales
El Convenio Colectivo de Comercio (y los convenios de empresa específicos del sector) establece que la retención de IRPF es obligatoria y debe calcularse conforme a las tablas oficiales de la Agencia Tributaria actualizadas anualmente. El convenio no puede modificar los tipos de retención porque los fija la normativa fiscal estatal (LIRPF art. 99), pero sí regula que tu empresa debe informarte anualmente de las retenciones practicadas y entregarte el certificado de retenciones antes del 31 de enero. Tu empleador está obligado a aplicar el porcentaje correcto según tu situación personal.
Algunas empresas del sector mejoran la gestión ofreciendo simuladores internos para que calcules tu neto estimado antes de cobrar, especialmente útil cuando las comisiones varían mucho. Si tu empresa no aplica correctamente las retenciones (retiene menos de lo debido), el perjudicado serás tú en la declaración porque deberás pagar la diferencia más posibles recargos. Puedes solicitar a tu empresa que aumente voluntariamente tu retención si prevés ingresos extraordinarios.
Preguntas frecuentes: retención IRPF para comerciales
Introduce tu salario base, comisiones estimadas, dietas y plus objetivos. Descubre cuánto cobrarás neto cada mes considerando tu retención IRPF real y las cotizaciones a la Seguridad Social.
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