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Retención IRPF en tu nómina de Médico/a: cuánto te descuentan

La retención IRPF es el descuento más importante en tu nómina como médico/a. Con 3500€ brutos mensuales, guardias y complementos, puede suponer entre 500€ y 800€ menos cada mes. Entender cómo funciona te ayuda a planificar tu economía y evitar sorpresas en la declaración de la Renta.

Qué es la Retención IRPF en tu nómina de Médico/a

La Retención IRPF en la nómina de un/a Médico/a es el porcentaje de tu salario bruto que la empresa sanitaria descuenta cada mes para adelantar el pago del Impuesto sobre la Renta. Este descuento aplica sobre tu salario base, complemento de guardia, plus de exclusividad y carrera profesional. El tipo varía según tu situación personal.

Cómo se calcula la Retención IRPF para Médico/a en 2026

El cálculo parte de tu salario bruto total anual, incluyendo pagas extras, guardias y complementos. Hacienda aplica las tablas oficiales considerando tu situación familiar. El porcentaje resultante se aplica mensualmente sobre cada concepto retributivo que cobres.

Ejemplo real: Retención IRPF en nómina de Médico/a con 3500€ brutos

Partes de un salario bruto de 3500€ mensuales (49.000€ anuales con 14 pagas). Tu hospital te paga: salario base 2.100€, complemento de destino 400€, 2 guardias ordinarias 700€, plus de exclusividad 200€ y carrera profesional nivel II 100€. Considerando situación personal estándar (soltero/a sin hijos), Hacienda establece una retención aproximada del 18%. Cada mes te retienen: 630€ de IRPF. En tu nómina verás el bruto de 3500€ menos esos 630€ (más Seguridad Social), resultando aproximadamente 2.680€ netos. Al año, habrás adelantado 8.820€ a Hacienda que se ajustarán en tu declaración de la Renta según tus deducciones reales.

La retención IRPF reduce tu sueldo neto mensual en 630€ de media. Este importe lo recuperarás parcial o totalmente en la declaración si tienes hipoteca, aportaciones a planes de pensiones o gastos deducibles propios del ejercicio médico en el sector privado.

Impacto fiscal de la Retención IRPF para Médico/a

Con un salario de 42.000€ anuales (3500€ × 12 meses) te sitúas en el tramo autonómico que combina el 24,5% estatal más el tramo autonómico correspondiente (variable según comunidad, entre 12% y 13,5%). En la práctica, tu retención efectiva ronda el 18-20% mensual, lo que supone entre 7.560€ y 8.400€ anuales adelantados a Hacienda. Si trabajas en el sector público sanitario y cotizas a Muface, ISFAS o Mugeju, el régimen fiscal es idéntico al de cualquier trabajador por cuenta ajena. Las guardias tributan igual que el salario base: no hay exención.

En la declaración anual de la Renta ajustas cuentas con Hacienda. Si tienes hipoteca, hijos o realizas aportaciones a planes de pensiones, probablemente te salga a devolver. Si solo cobras de una fuente y sin deducciones especiales, el resultado suele ser a pagar entre 200€ y 600€ debido al ajuste de las pagas extras. Las retenciones mensuales son una estimación; el cálculo definitivo se hace en abril-mayo del año siguiente.

Retención IRPF y Seguridad Social para Médico/a

La retención IRPF NO cotiza a la Seguridad Social porque es un impuesto, no una aportación social. Como médico/a cotizas en el Grupo 1 de la Seguridad Social (titulados universitarios) con una base mensual que en 2026 va desde 1.629€ hasta 4.720,50€. Tu aportación personal ronda el 6,35% del bruto (unos 222€ sobre 3500€), destinada a contingencias comunes. Tu hospital aporta además el 29,9% empresarial. Estos porcentajes sí construyen tus derechos a prestaciones: desempleo, baja médica, maternidad/paternidad y pensión futura.

Cada euro que cotizas suma para tu pensión. Con 3500€ brutos y cotización completa durante 37 años, tu pensión rondará el 80% de tu base reguladora (aproximadamente 2.400-2.600€ mensuales en términos de 2026). Si trabajas en Muface o mutualidades, el sistema es diferente: cotizas menos y tus prestaciones tienen otra estructura. La retención IRPF no interviene en este cálculo: solo afecta a tu liquidez mensual y al ajuste fiscal anual.

Retención IRPF según el Convenio de Médicos: tus derechos

El Convenio Colectivo de Médicos y el Estatuto Marco establecen que todas las retribuciones del personal facultativo están sujetas a retención IRPF conforme a la legislación fiscal vigente (LIRPF art. 99). Esto incluye obligatoriamente el salario base, complementos de puesto, guardias de presencia física y localizada, plus de exclusividad, carrera profesional y cualquier otro concepto salarial. La institución sanitaria debe aplicar las tablas oficiales de retención actualizadas anualmente por la Agencia Tributaria. No existe margen de negociación: el porcentaje es el que corresponde según tu situación personal declarada.

Algunas instituciones sanitarias privadas ofrecen sistemas de optimización fiscal mediante fórmulas retributivas flexibles (cheques guardería, seguro médico) que reducen la base imponible. Esto es legal y beneficioso para ti. Si tu hospital no aplica correctamente las retenciones o usa datos personales desactualizados, tienes derecho a reclamar la corrección. El incumplimiento puede generar problemas en tu declaración anual, con sanciones que recaerían sobre la institución empleadora.

Preguntas frecuentes: Retención IRPF para Médico/a

¿Tengo derecho a que me retengan menos IRPF siendo Médico/a?
No tienes derecho a una retención menor por ser médico/a: el porcentaje lo fija Hacienda según tus circunstancias personales (estado civil, hijos, discapacidad, pensiones compensatorias), no según tu profesión. Sin embargo, puedes reducir legalmente la retención comunicando a tu hospital cambios en tu situación familiar mediante el modelo 145. Si tienes hijos, hipoteca o aportas a planes de pensiones, el departamento de personal debe recalcular tu retención aplicando las reducciones que te corresponden según el LIRPF art. 99. El Convenio de Médicos no establece privilegios fiscales: todos los médicos cotizan igual según su salario y situación personal. Si tu retención es alta, el dinero lo recuperarás en la declaración de la Renta como devolución.
¿Cuánto IRPF me retienen exactamente con 3500€ brutos como Médico/a?
Con 3500€ brutos mensuales (49.000€ anuales en 14 pagas), la retención habitual oscila entre 550€ y 700€ al mes, dependiendo de tu situación personal. Un médico/a soltero sin hijos tiene una retención aproximada del 18-19%, lo que supone 630-665€ mensuales. Si estás casado/a y tu cónyuge no trabaja, el porcentaje baja al 14-15% (490-525€/mes). Con dos hijos, puedes bajar al 12-13% (420-455€/mes). Estas cifras incluyen todos los conceptos: base, guardias, plus de exclusividad y carrera profesional. Tu hospital calcula el porcentaje exacto usando las tablas oficiales de retención 2026 de la AEAT. Si haces guardias extraordinarias un mes concreto y cobras 4200€, ese mes la retención será proporcionalmente mayor (unos 800€) porque Hacienda proyecta anualmente.
¿Las guardias médicas tienen una retención IRPF diferente?
No, las guardias médicas tributan exactamente igual que tu salario base: no existe ninguna exención ni tipo reducido para este concepto. Ya sean guardias de presencia física (ordinarias) o de localización, Hacienda las considera rendimientos del trabajo y aplica el mismo porcentaje de retención que al resto de tu nómina. Si un mes haces más guardias de lo habitual, tu nómina bruta sube, pero el porcentaje de retención se mantiene constante según tu situación personal declarada. La leyenda de que las guardias tributan menos es falsa. En el sector público sanitario ocurre igual: las guardias del Servicio de Salud correspondiente están plenamente sujetas a IRPF. El plus de exclusividad tampoco tiene ventaja fiscal: retención completa. La única forma de optimizar es usar retribución flexible (si tu hospital lo permite) para conceptos exentos como cheques guardería o transporte.
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