Salario Base del Dependiente/a de Comercio: qué es y cómo se calcula en tu nómina
El Salario Base es la parte fija de tu retribución como Dependiente/a de Comercio, establecida por el Convenio General de Comercio según tu categoría profesional. Entender esta partida te permite distinguirla de pluses por domingos, festivos y comisiones, evitando confusiones con tu salario real mensual.
Qué es el Salario Base en la nómina de un/a Dependiente/a de Comercio
El Salario Base en la nómina de un/a Dependiente/a de Comercio es la retribución mínima mensual garantizada por tu categoría profesional, establecida en el Convenio General de Comercio, excluyendo pluses variables como domingos, festivos o comisiones por ventas.
Cómo se calcula el Salario Base para un/a Dependiente/a de Comercio en 2026
El cálculo es directo: tu Salario Base mensual equivale a la cantidad fijada por el convenio según tu categoría profesional, prorrateada en 12 mensualidades ordinarias más 2 pagas extras anuales.
Ejemplo real: Salario Base en nómina de Dependiente/a de Comercio con 1.300€ brutos
Partimos de un salario bruto mensual de 1.300€ para un Dependiente/a de Comercio. Según el Convenio General de Comercio 2026, el Salario Base del Grupo II es 1.193€/mes. Esto significa que de tus 1.300€ brutos, 1.193€ corresponden al Salario Base (aparece así en tu nómina), mientras que los 107€ restantes provienen de otros conceptos: puede ser un plus de convenio (41€ de plus de transporte), plus por domingos trabajados o complemento personal. En tu recibo de salario verás literalmente "Salario Base: 1.193,00€" en la sección de devengos. Esta cantidad cotiza íntegramente a la Seguridad Social (6,35% de contingencias comunes = 75,76€) y tributa en IRPF según tu retención personal (aproximadamente 2% = 23,86€ en este tramo). Tu neto final dependerá del total de devengos y deducciones, pero el Salario Base siempre será esa base fija de 1.193€.
El Salario Base garantiza 1.193€ mensuales estables en tu nómina. Sumando las dos pagas extras anuales (otras 2.386€ al año), aseguras 16.702€ brutos anuales solo con este concepto, antes de añadir pluses variables o comisiones que eleven tu retribución total.
Cómo afecta el Salario Base al IRPF de un/a Dependiente/a de Comercio
El Salario Base tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF (Ley 35/2006, art. 17). Con un Salario Base de 1.193€/mes (14.316€ anuales con pagas extras), tu retención mensual ronda el 2-3% si estás en situación personal 1 (soltero sin hijos): aproximadamente 24-36€/mes de retención. Este porcentaje sube al 5-7% si complementas tu Salario Base con pluses y comisiones hasta alcanzar los 18.000€ brutos anuales, aumentando la retención mensual a 60-85€. La retención exacta depende de tus circunstancias personales (hijos, discapacidad, hipoteca), que comunicas mediante el modelo 145 a tu empresa.
No existe exención para el Salario Base: cotiza íntegramente en tu base imponible del IRPF. En la declaración anual de la renta, este concepto se suma a pluses y comisiones formando tus rendimientos íntegros del trabajo. Si tus retenciones mensuales superan la cuota final calculada por Hacienda, recibes devolución (habitual en salarios de 1.300€/mes con dos pagas extras).
Salario Base y cotización a la Seguridad Social para Dependiente/a de Comercio
El Salario Base cotiza íntegramente a la Seguridad Social. Como Dependiente/a de Comercio estás en el Grupo de Cotización 7 (auxiliares administrativos y similares) con una base mínima de cotización de 1.323€/mes en 2026. De tu Salario Base de 1.193€, pagas el 6,35% por contingencias comunes (75,76€/mes) más 1,55% de desempleo (18,49€/mes) y 0,10% de formación profesional (1,19€/mes): en total descuentan 95,44€ mensuales de tu nómina. Tu empresa aporta adicionalmente el 29,90% (356,70€/mes) a la Seguridad Social, aunque tú no lo veas reflejado en tu recibo.
Esta cotización impacta directamente en tu futura pensión de jubilación: cada año cotizado con Salario Base de 1.193€ suma 14.316€ a tu base reguladora. Tras 38 años cotizando esta cantidad (sin subidas salariales), tu pensión rondaría los 780€/mes. Si aumentas tu Salario Base o sumas pluses que eleven tu cotización, tu pensión crece proporcionalmente. También afecta a prestaciones por desempleo: con este salario, tu paro sería aproximadamente 836€/mes (70% de la base reguladora) durante los primeros 6 meses.
Salario Base en el Convenio General de Comercio: derechos y obligaciones
El Convenio General de Comercio (artículo 27, vigente 2026) establece el Salario Base como concepto obligatorio para todas las empresas del sector. Los mínimos son: Grupo I (auxiliares de comercio) 1.048€/mes, Grupo II (dependientes especializados) 1.193€/mes, Grupo III (dependientes sin especialización) 1.108€/mes y Grupo IV (cajeros/reponedores) 1.085€/mes. Tu empresa debe aplicar estas cuantías como mínimo absoluto, con pagas extras prorrateadas aparte. El incumplimiento constituye infracción laboral grave (LISOS art. 7.5) y te permite reclamar diferencias salariales retroactivas hasta 4 años.
Las empresas pueden mejorar voluntariamente estos mínimos mediante pacto individual o acuerdo de empresa. Es habitual que grandes cadenas de distribución paguen un Salario Base superior (1.250-1.350€/mes para dependientes especializados). Si tu empleador no respeta el mínimo del convenio, reclama primero por escrito ante Recursos Humanos. Sin respuesta satisfactoria en 10 días hábiles, presenta papeleta de conciliación ante el SMAC autonómico antes de acudir a demanda judicial.
Preguntas frecuentes: Salario Base para Dependiente/a de Comercio
Introduce tu Salario Base, pluses de domingo y comisiones para conocer tu salario neto real. Incluye cálculo de retención IRPF y cotización SS específica del sector Comercio.
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