Salario base inferior al convenio: qué hacer
Qué es este error y por qué ocurre
Tu nómina refleja un salario base por debajo del mínimo que establece el convenio colectivo para tu categoría profesional, grupo o nivel retributivo.
Cada convenio colectivo publica tablas salariales que fijan el salario base mínimo para cada categoría, grupo profesional o nivel. Estas tablas tienen fuerza vinculante según el artículo 82 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, son de obligado cumplimiento para todas las empresas que estén dentro del ámbito del convenio. El salario base que ves en tu nómina debe ser igual o superior al que marca la tabla para tu categoría exacta.
Este error ocurre cuando la empresa aplica una tabla antigua, te encuadra en un grupo inferior al que te corresponde por tus funciones reales, o simplemente mantiene el salario base congelado tras una subida de convenio. También puede deberse a un error administrativo al actualizar el ERP de nómina o a una absorción incorrecta de pluses que no pueden compensar el salario base, porque el convenio suele exigir que el salario base mínimo se respete antes de sumar complementos.
El artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores establece que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es el suelo absoluto por debajo del cual ningún trabajador puede cobrar, salvo reducción de jornada. En 2026, el SMI es de 1.221 € mensuales en catorce pagas (RD 126/2026, de 18 de febrero, BOE-A-2026-3815). Tu convenio siempre fija un salario base igual o superior al SMI; si tu salario base está por debajo del convenio pero por encima del SMI, la referencia legal es el convenio, no el SMI.
Cómo detectarlo en tu nómina
Busca la línea «Salario base» en el desglose de devengos de tu nómina. Ese importe debe coincidir o superar el que marca la tabla salarial del convenio para tu categoría profesional. Para comprobarlo necesitas localizar tu convenio y las tablas vigentes.
Ejemplo con el perfil de técnico de mantenimiento (1.880 €)
Supongamos que trabajas como técnico de mantenimiento a jornada completa con guardias. Tu nómina refleja un salario base de 1.380 € mensuales más un plus de guardias de 500 €, sumando 1.880 € brutos. Consultas el convenio colectivo del sector del metal de tu provincia (publicado en el BOE o boletín autonómico) y localizas la tabla salarial vigente en 2026. En esa tabla, el grupo profesional «Técnico de mantenimiento nivel II» tiene asignado un salario base mínimo de 1.520 € mensuales. Tu nómina solo refleja 1.380 €, es decir, 140 € menos cada mes. Ese déficit no puede compensarse con el plus de guardias, porque el salario base es un concepto independiente que debe respetarse antes de sumar complementos.
| Concepto | Lo que ves (error) | Lo correcto |
|---|---|---|
| Salario base | 1.380 €/mes | 1.520 €/mes (tabla convenio) |
| Plus guardias | 500 €/mes | 500 €/mes |
| Total devengos | 1.880 €/mes | 2.020 €/mes |
| Diferencia mensual | –140 € | 0 € |
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La diferencia entre cobrar por debajo del convenio y lo que te corresponde es dinero que dejas de percibir cada mes. En el ejemplo del técnico de mantenimiento (1.380 € base + 500 € guardias = 1.880 € brutos/mes), si el convenio fija 1.520 € de salario base para su categoría, la diferencia es de <strong>140 € brutos al mes</strong> (1.520 – 1.380).
Esos 140 € mensuales representan <strong>1.680 € brutos al año</strong> (140 × 12). Si la situación se prolonga durante dos años —hasta que prescriba tu derecho a reclamar—, estarías dejando de percibir <strong>3.360 € brutos en total</strong>.
Además, cobrar menos base significa cotizar menos a la Seguridad Social, lo que reduce tu futura pensión de jubilación y el importe de prestaciones como la de desempleo o la incapacidad temporal. Por ejemplo, con una base de cotización inferior en 140 € al mes, tu prestación por desempleo —que se calcula sobre el promedio de las bases de los últimos 180 días— será proporcionalmente menor: 70 % de esa base durante los primeros 180 días y 60 % desde el día 181 (art. 270 LGSS).
Recuerda que tienes <strong>un año desde el día en que cada mensualidad debió pagarse</strong> para reclamar esas cantidades (art. 59.2 ET). Pasado ese plazo, cada mes prescribe de forma individual y pierdes el derecho a reclamarlo.
Qué dice la ley
El artículo 82 del Estatuto de los Trabajadores establece que los convenios colectivos tienen eficacia normativa y vinculan a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación. Las tablas salariales que publica el convenio son de obligado cumplimiento, y la empresa no puede pactar individualmente un salario base por debajo del mínimo de convenio salvo que exista un pacto de absorción y compensación expresamente permitido por el propio convenio, algo que en la práctica solo afecta a complementos, no al salario base.
El artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores fija el Salario Mínimo Interprofesional como suelo absoluto, garantizando que ningún trabajador a jornada completa perciba una retribución total inferior al SMI. En 2026, el SMI es de 1.221 € mensuales en catorce pagas (RD 126/2026, de 18 de febrero, BOE-A-2026-3815). Los convenios colectivos fijan salarios base superiores al SMI, y es el convenio, no el SMI, la referencia legal que prevalece cuando existe.
Qué hacer y en qué plazo
- Identifica tu convenio colectivo: suele figurar en el encabezado de tu nómina, junto a tu categoría profesional o grupo. Si no aparece, pregunta a Recursos Humanos o consulta el buscador de convenios del Ministerio de Trabajo (disponible en la web del BOE o en tu comunidad autónoma).
- Localiza las tablas salariales vigentes para 2026 en el texto del convenio (anexos o capítulo retributivo). Busca tu categoría exacta, grupo profesional o nivel, y anota el salario base mínimo mensual que aparece en la tabla.
- Compara ese importe con el salario base que figura en tu nómina (línea «Salario base» en devengos). Si tu salario base es inferior, calcula la diferencia mensual y multiplica por el número de meses que llevas cobrando así. Recopila todas tus nóminas del período afectado.
- Presenta una reclamación por escrito ante la empresa (preferiblemente burofax o correo certificado) detallando la diferencia, citando el artículo del convenio que fija el salario base de tu categoría, y solicitando el abono de atrasos más la regularización inmediata. Si la empresa no responde o rechaza la reclamación, acude al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de tu comunidad autónoma para solicitar acto de conciliación, paso previo obligatorio antes de demandar.
Preguntas frecuentes
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