Errores en la nómina

Indemnización por despido mal calculada: cómo detectarla

Tu indemnización puede estar mal si no te han aplicado los 33 días por año trabajado en despido improcedente (Art. 56 ET) o los 20 días por año en despido objetivo (Art. 53 ET), o si han sumado mal tu antigüedad o tu salario de referencia.

Qué es este error y por qué ocurre

El error de indemnización por despido mal calculada consiste en aplicar mal el número de días por año trabajado, usar un salario de referencia erróneo o contar mal tu antigüedad en la empresa.

Este fallo aparece en el finiquito cuando la empresa calcula tu indemnización. Puede deberse a que toman como base un salario que no incluye todos los conceptos salariales que sí computan (pagas extra prorrateadas, pluses ordinarios), a que cuentan solo años completos en vez de incluir los días exactos, o a que aplican un régimen indemnizatorio que no te corresponde.

También se da cuando confunden el despido improcedente (33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades según el Art. 56 ET) con el despido objetivo (20 días por año, máximo 12 mensualidades según el Art. 53 ET), o cuando te aplican una fórmula antigua sin respetar la disposición transitoria de la reforma laboral de 2012 si tienes antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012.

Este error NO aplica si aceptaste un acuerdo de mutuo acuerdo (pacto de ruptura) con una cifra negociada libremente, o si te despidieron de forma disciplinaria procedente, donde no hay indemnización. Tampoco aplica si tu despido aún no está reconocido como improcedente u objetivo por sentencia, acto de conciliación o acuerdo firmado.

Cómo detectarlo en tu nómina

Revisa tu finiquito línea a línea: comprueba que la indemnización refleje 33 días por año trabajado (Art. 56 ET, despido improcedente) o 20 días (Art. 53 ET, despido objetivo), que la antigüedad en años coincida con tu historial laboral (incluye meses proporcionales) y que el salario diario de referencia incluya todas las percepciones salariales —base más pagas extras prorrateadas—.

Ejemplo real: mecánico con 5 años de antigüedad

Un mecánico cobra 1.750 € brutos mensuales en 14 pagas (salario anual: 24.500 €). Tras un despido declarado improcedente, la empresa calcula la indemnización usando únicamente los 12 meses de salario base (21.000 €), olvidando las dos pagas extraordinarias. Además, redondea la antigüedad de 5 años a 4 años completos. El resultado: le pagan 9.098,63 € en lugar de los 11.232,88 € que le corresponden, una diferencia de 2.134,25 € que habrá de reclamar en el plazo de 1 año desde que debió pagarse (Art. 59.2 ET).

ConceptoLo que ves (error)Lo correcto
Antigüedad aplicada4 años (redondeo a la baja)5 años exactos
Días de indemnización (33 días/año × antigüedad)132 días (4 × 33)165 días (5 × 33)
Salario diario de referencia57,53 €/día (21.000 € ÷ 365)67,12 €/día (24.500 € ÷ 365, con extras)
Indemnización total7.594,00 € (132 × 57,53)11.074,80 € (165 × 67,12)
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Cuánto dinero supone

Con el perfil del ejemplo (mecánico, 1.750 € brutos/mes en 14 pagas, 5 años de antigüedad), la diferencia entre aplicar correctamente los 33 días por año del despido improcedente (Art. 56 ET) y hacerlo mal puede superar los 1.580 € en el caso analizado.

Si la empresa ha calculado únicamente con salario base y antigüedad (sin extras, sin pagas), el error se dispara: usando solo 1.200 €/mes, la indemnización bajaría a 6.600 €, dejándote 4.474,80 € por debajo de lo que te corresponde (11.074,80 €, con 5 años × 33 días = 165 días a 67,12 €/día de salario regulador 24.499,82 €÷365).

En contratos de larga duración o salarios más altos, el perjuicio puede multiplicarse: un trabajador con 10 años y 2.500 € brutos/mes en 14 pagas perdería más de 9.000 € si se omiten las pagas extras del cálculo del salario regulador.

Reclamar fuera del año de prescripción (Art. 59.2 ET, contado desde que la indemnización debió abonarse) cierra definitivamente tu derecho; actuar en las primeras semanas protege íntegramente la diferencia y evita litigios prolongados.

💶 Cuantía estimada: Con el salario y antigüedad del ejemplo, entre 1.580 € (error de antigüedad) y 4.474,80 € (omisión completa de extras); en perfiles de mayor salario o antigüedad, la diferencia puede rebasar los 9.000 €.

Qué dice la ley

El Art. 56 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) establece que la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, hasta un máximo de 24 mensualidades. Por su parte, el Art. 53 ET fija en 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, la indemnización por despido objetivo procedente (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por absentismo justificado).

El salario de referencia para calcular la indemnización incluye todos los conceptos salariales fijos (salario base, antigüedad, pluses salariales, pagas extra prorrateadas), excluyendo solo conceptos extrasalariales como dietas, kilometraje o indemnizaciones. Cualquier cálculo que no respete estos criterios legales genera un perjuicio económico directo al trabajador y puede reclamarse por vía judicial o extrajudicial.

📖 Art. 56 ET (RDL 2/2015): indemnización despido improcedente, 33 días/año, máx. 24 mensualidades📖 Art. 53 ET (RDL 2/2015): indemnización despido objetivo, 20 días/año, máx. 12 mensualidades

Qué hacer y en qué plazo

  1. Pide a la empresa el desglose completo del cálculo de tu indemnización (salario de referencia, antigüedad exacta en días, tipo de despido, días por año aplicados) por escrito o email. Si no te lo dan, hazlo tú mismo con tus nóminas y contrato.
  2. Calcula la indemnización correcta usando el salario de referencia real (pagas extra prorrateadas incluidas), tu antigüedad exacta en días y el régimen que te corresponde (33 días si es improcedente, 20 si es objetivo). Compara con lo que te pagaron.
  3. Si hay diferencia, envía un burofax o correo certificado a la empresa reclamando la cantidad exacta que te deben, adjuntando tu cálculo detallado y dándoles un plazo de 10 días hábiles para abonarla. Guarda copia de todo.
  4. Si no te pagan, presenta papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de tu comunidad autónoma. Si no hay acuerdo, demanda ante el juzgado de lo social con un abogado laboralista. Toda reclamación de cantidades derivadas de la relación laboral debe hacerse antes de que prescriba.
⏱️ Plazo: Según el Art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, tienes 1 año desde el día en que la indemnización debió pagarse (normalmente, la fecha de efectos del despido) para reclamar. El plazo se interrumpe si presentas papeleta de conciliación, demanda judicial o reclamación extrajudicial fehaciente (burofax). No dejes pasar este año: después, pierdes el derecho a reclamar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si ya firmé la liquidación?
Sí. Firmar la liquidación no implica conformidad con su contenido si existe error de cálculo. Dispones de 1 año desde que debió pagarse la indemnización (Art. 59.2 ET) para reclamar la diferencia por vía de reclamación extrajudicial fehaciente, papeleta de conciliación (SMAC) o demanda judicial. Pasado ese plazo, la reclamación prescribe. Si detectas el error tras la firma, actúa con rapidez: calcula la diferencia real, reúne pruebas (nóminas, contrato, carta de despido) y acude al sindicato o al abogado laboralista antes de que venza el año.
¿La empresa puede descontar impuestos de la indemnización?
Depende del importe. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 € (Art. 7.e LIRPF), siempre que respete el límite legal (33 días/año, máx. 24 mensualidades en improcedente; 20 días/año, máx. 12 en objetivo). Si tu indemnización queda por debajo de ese umbral —como en la mayoría de casos—, la empresa no debe practicar retención sobre ella. En cuanto a Seguridad Social, las indemnizaciones por despido no cotizan (Art. 23.1 LGSS). Si te han descontado IRPF indebidamente, la empresa debe corregirlo en nómina y, si no lo hace, puedes recuperar el exceso en tu declaración de la renta.
¿Cómo se calcula el salario diario real para la indemnización?
El salario diario se obtiene sumando todos los conceptos salariales del año —incluidas pagas extras— y dividiendo entre 365 días (Art. 56 ET). Con el perfil del ejemplo (mecánico, 1.750 € × 14 pagas = 24.500 € anuales), el salario diario es 24.500 ÷ 365 = 67,12 €. Si cobraras en 12 pagas (21.000 €/año), el diario sería 21.000 ÷ 365 = 57,53 €. Un error frecuente es omitir las extras o dividir solo entre los días trabajados: la norma exige 365 días, estés de vacaciones, de baja o en activo. Comprueba que tu empresa haya usado la cifra anual completa; la diferencia en un despido de 5 años puede superar 1.800 €.
¿Qué hago si la empresa se niega a pagar la diferencia?
Si tras reclamar por escrito (burofax, correo certificado) la empresa rechaza tu petición, presenta papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de tu comunidad autónoma. El trámite es gratuito, rápido (15–20 días) y interrumpe el plazo de prescripción de 1 año (Art. 59.2 ET). Si no hay acuerdo en conciliación, acude al Juzgado de lo Social con demanda por cantidad. No necesitas abogado ni procurador en primera instancia (salvo que el litigio supere 6.000 €). Reúne pruebas: nóminas, contrato, carta de despido, cálculo detallado de la diferencia. En caso de sentencia favorable, la empresa deberá abonar la cantidad adeudada más intereses de demora del 10 % anual desde la fecha de despido.

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Otros errores frecuentes
Finiquito sin las vacaciones devengadas y no disfrutadas Pagas extra proporcionales ausentes del finiquito
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pagas extras salario base salario bruto
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