Base de cotización congelada tras una subida salarial
Qué es este error y por qué ocurre
Tu nómina refleja un salario bruto mayor, pero la base de cotización sigue siendo la misma que antes de la subida. La empresa no ha comunicado el cambio a la Seguridad Social.
Este error es frecuente cuando se aplica una subida de convenio, una mejora individual o un cambio de categoría y el departamento de nóminas no actualiza los datos en el sistema RED de cotización. La empresa paga las nuevas cuotas calculadas sobre el salario antiguo, perjudicándote doblemente: pagas IRPF sobre el salario real (mayor) pero cotizas sobre un importe inferior. El artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) establece que la base de cotización debe reflejar la remuneración real mensual del trabajador, actualizada en cada período de liquidación.
El impacto es silencioso pero real: una base congelada reduce el importe de tu futura pensión de jubilación, la cuantía de la prestación por desempleo (que se calcula sobre las últimas bases cotizadas) y las prestaciones por incapacidad temporal o permanente. Además, si la empresa corrige el error con retraso, puede enfrentarse a recargos de cotización del 10 % (primer mes) o del 20 % (a partir del segundo mes) según el artículo 30 LGSS, si la Inspección de Trabajo detecta la infracotización.
No confundas este error con una absorción o compensación salarial: si tu empresa te sube el salario base pero elimina o reduce un plus de igual cuantía (y esto está pactado o es legal), la base puede mantenerse. Aquí hablamos de subidas reales sin contrapartida, donde el total devengado aumenta pero la base no.
Cómo detectarlo en tu nómina
Compara la línea «Bases de cotización» (en el bloque de deducciones o al pie de la nómina) con el total devengado del mes. Si el salario bruto subió pero la base sigue igual que en meses anteriores, hay error.
Ejemplo con el perfil de recepcionista de hotel (1.500 €)
Trabajas con contrato indefinido a turnos. En enero cobraste 1.500 € brutos/mes. En febrero te subieron el salario a 1.650 € (150 € más), pero en la nómina de febrero ves que la base de cotización sigue en 1.500 €. Calculamos las cuotas correctas (2026): contingencias comunes 4,7 %, desempleo indefinido 1,55 %, formación profesional 0,1 %, MEI 0,15 %; total trabajador 6,5 %. Base correcta = 1.650 € → tu cotización correcta = 1.650 × 6,5 % = 107,25 €. Pero en tu nómina descuentan solo 1.500 × 6,5 % = 97,50 €. Pagas 9,75 € menos, pero cotizas 9,75 € menos cada mes, lo que reduce tus derechos futuros. El tipo de retención de IRPF en este ejemplo es orientativo (depende de tu situación familiar, comunidad autónoma y otros datos del modelo 145) y no afecta al cálculo de la base de cotización.
| Concepto | Lo que ves (error) | Lo correcto |
|---|---|---|
| Salario bruto | 1.650 € | 1.650 € |
| Base de cotización | 1.500 € | 1.650 € |
| Cotización trabajador (6,5 %) | 97,50 € | 107,25 € |
| Total cotizado menos | −9,75 €/mes | — |
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El perjuicio no está en la nómina del mes (de hecho, descuentan menos cotización, con lo que tu neto sube artificialmente), sino en tus derechos futuros. Cada mes que cotizas sobre 150 € menos, tu futura pensión se calcula sobre bases más bajas. Si el error dura seis meses, acumulas una infracotización de 58,50 € (9,75 € × 6 meses). Esa cantidad parece pequeña, pero si llegas al paro, tu prestación se calcula sobre la media de los últimos 180 días cotizados; con bases congeladas, tu prestación baja.
En el ejemplo, si te quedas en paro y te corresponde el 70 % de la base reguladora (primeros 180 días de prestación, según el artículo 270 LGSS), la diferencia entre calcular sobre 1.500 € o 1.650 € es de 105 € al mes de prestación (70 % de 150 €). Si cobras desempleo durante seis meses, pierdes 630 € solo por este error. Y si el error dura años, el impacto en tu pensión de jubilación se multiplica.
Qué dice la ley
El artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015) establece que la base de cotización debe reflejar la remuneración mensual real del trabajador, actualizada en cada período de liquidación. Esto significa que cualquier subida salarial debe trasladarse a la base de cotización de inmediato, sin demora ni trámite adicional por tu parte.
Si la empresa no lo hace, incurre en una infracotización que la Inspección de Trabajo puede sancionar y que, además, genera un perjuicio directo en tus derechos de Seguridad Social. La Tesorería General de la Seguridad Social puede exigir la regularización de las cuotas (con recargos del 10 % o 20 % según el artículo 30 LGSS) hasta un plazo de cuatro años desde el día siguiente al fin del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas, según el artículo 24 LGSS.
Qué hacer y en qué plazo
- Compara tus nóminas recientes: localiza el mes de la subida salarial y comprueba si la base de cotización subió en paralelo. Si no, anota la diferencia mensual.
- Habla con tu empresa (recursos humanos o nóminas): explica que tu salario bruto subió pero la base de cotización no se actualizó. Pide que regularicen las bases desde el mes de la subida y que ingresen las cuotas pendientes a la Seguridad Social. La empresa debe presentar un recibo de liquidación complementaria (RLC) en el sistema RED.
- Si la empresa no actúa en un plazo razonable (15-30 días), reclama por escrito (burofax o correo certificado) y guarda copia. Puedes remitir copia de la reclamación a la Inspección de Trabajo de tu provincia (sede electrónica o presencial), que tiene competencia para comprobar la correcta cotización.
- Si la empresa regulariza las bases, asegúrate de que el informe de vida laboral (disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social) refleje las bases corregidas. Ese informe es la prueba oficial de tus cotizaciones y determinará tu futura pensión o prestación por desempleo.
Preguntas frecuentes
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